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El Supremo rectifica y acuerda ahora revisar los indultos a los presos del ‘procés’

La Sala de lo Contencioso-Administrativo corrige la decisión que ella misma tomó en enero y estudiará los recursos de PP, Cs y Vox

Los presos del 'procés' al abandonar la cárcel en junio de 2021 después de que el Tribunal Supremo ordenara su excarcelación en aplicación del indulto parcial del Gobierno.
Los presos del 'procés' al abandonar la cárcel en junio de 2021 después de que el Tribunal Supremo ordenara su excarcelación en aplicación del indulto parcial del Gobierno.Quique García (Efe)
Reyes Rincón

El Tribunal Supremo se ha corregido a sí mismo y ha acordado admitir los recursos presentados, entre otros, por el PP, Vox y tres diputados de Ciudadanos contra los indultos que concedió el Gobierno el año pasado a los nueve líderes del procés condenados en octubre de 2019 a penas de prisión por sedición. Esa decisión supone revocar la que el tribunal adoptó en enero pasado, cuando la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo rechazó estudiar los recursos presentados contra la medida de gracia al concluir que ninguno de los recurrentes estaba legitimado para impugnar los indultos. La sección que ahora ha dado la vuelta a ese argumento es la misma que entonces, pero tiene otra composición: en las últimas semanas se han marchado dos de los tres magistrados partidarios de rechazar los recursos y se ha incorporado una magistrada favorable a admitirlos, lo que ha alterado el criterio mayoritario del tribunal.

Este cambio de criterio no implica necesariamente que las impugnaciones vayan a prosperar y el tribunal vaya a anular las medidas de gracia que dejaron en libertad a Oriol Junqueras y el resto de condenados a penas de cárcel, pero la mera deliberación da oxígeno a los detractores de los indultos y resucita un asunto que ya parecía superado para el Gobierno de Pedro Sánchez.

Una mayoría precaria

El Supremo es la última instancia jurisdiccional y, como tal, sus decisiones suelen ser firmes. Existe una vía, la del recurso de reposición, que permite pedir al tribunal que adoptó una decisión que la reconsidere, pero casi nunca tiene recorrido porque implica que los magistrados se desdigan de lo que ellos mismos dictaminaron días o semanas antes. No obstante, algunos de los recurrentes de los indultos a los líderes del procés tocaron a esta puerta después de que la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso concluyera en enero que no tenían legitimidad para impugnar las medidas de gracia, y lo hicieron sabiendo que la decisión se había adoptado por la mínima (tres votos a dos) y que la sección estaba abocada a cambios que podían dar un giro a esa mayoría precaria.

A la ponente de aquella decisión, la magistrada Ángeles Huet, le tocaba en unas semanas incorporarse a la sala de admisión, cuyos miembros van rotando durante el año, lo que le obligó a abandonar la sección encargada de los indultos. En su lugar entraba Inés Huerta, de tendencia conservadora y, a priori, más partidaria de revisar la medida de gracia. Además, en abril se jubiló Segundo Menéndez, otro de los jueces que se opuso a admitir los recursos, aunque su puesto lo ocupó otro progresista, Ángel Arozamena. Tras estos cuatro cambios, el tribunal de cinco jueces que tenía que revisar el recurso de súplica pasaba a tener mayoría conservadora (además de Huerta, los magistrados Fernando Román y Wenceslao Olea, que ya en enero defendieron admitir las impugnaciones) y favorable a reconocer la legitimidad a algunos de los recurrentes.

La previsión se ha cumplido y los partidarios de admitir los recursos (Huerta, Olea y Román) se han impuesto este martes por tres votos a dos. Estos tres magistrados consideran, según fuentes jurídicas, que los delitos por los que fueron condenados los líderes independentistas no afectaron solo a una persona o a un grupo de personas en Cataluña, sino a todos los españoles, por lo que los partidos políticos sí estarían legitimados para recurrirlos como representantes de los ciudadanos. Este argumento es justo el contrario al que defendieron en enero los tres magistrados que votaron a favor de frenar los recursos. “Los partidos políticos no tienen atribuida la representación de la sociedad ni del interés general ni de los bienes jurídicos colectivos en la jurisdicción contencioso-administrativa. Ninguna previsión del legislador así lo establece”, estableció entonces la resolución firmada por la mayoría de la sala. El contenido íntegro de los autos con la decisión acordada ahora se conocerá en los próximos días e incluirá votos particulares de los dos magistrados discrepantes, Octavio Herrero y Ángel Arozamena.

En total se habían presentado siete recursos distintos contra cada uno de los indultos otorgados por el Gobierno en junio pasado a favor del exvicepresidente catalán Oriol Junqueras y otros ocho líderes independentistas (que fueron condenados a entre nueve y 13 años de cárcel por sedición y algunos también por malversación). El Supremo los ha admitido todos excepto el registrado por la entidad Pro Patrimonium Sijena y Jerusalén, rechazado por unanimidad.

El cambio de postura de la sala, que ya se venía previendo en las últimas semanas, incomoda, según magistrados consultados, a un sector del tribunal, que considera que puede generar sensación de inseguridad jurídica entre la ciudadanía. La misión del Supremo es garantizar un criterio único en la aplicación de las leyes y algunos jueces consultados lamentan que la modificación de su propio criterio en cuatro meses va en la dirección contraria. La decisión, además, se ha producido en la misma sala que hace tres años y medio protagonizó otro cambio de criterio súbito (sobre quién debía pagar el impuesto de las hipotecas) que la dividió en dos y causó perplejidad en un amplio sector de la carrera y del propio tribunal.

Los indultos son por ley irrevocables (ningún Gobierno los puede anular), pero pueden recurrirse ante el Supremo, aunque son muy pocas las impugnaciones que progresan porque el propio tribunal admite que su control se limita a garantizar que los motivos de la medida están recogidos en el expediente del procedimiento. La revocación de indulto más polémica se produjo en 2013, cuando la Sala de lo Contencioso anuló el perdón otorgado a un conductor kamikaze a quien se había sustituido una pena de 13 años de cárcel por una multa. El tribunal revocó la medida porque el real decreto que la había acordado no señalaba las “razones de justicia, equidad o utilidad pública” que exige la ley para conceder un indulto. Pero esa sentencia fija también las limitaciones del Supremo para revisar las medidas de gracia, ya que establece que el tribunal no puede revisar la decisión de indultar ni los motivos que alega el Gobierno para hacerlo, solo ejercer un “control externo” para garantizar que las razones alegadas por el Ejecutivo guardan “coherencia lógica” con el contenido del expediente. Desde entonces, todos los acuerdos de indultos publicados en el Boletín Oficial del Estado aluden expresamente a la concurrencia de alguna de las tres razones (justicia, equidad o utilidad pública) que el tribunal ve exigibles para descartar la arbitrariedad. En el caso de los presos del procés el Ejecutivo defendió que el perdón por “razones de utilidad pública” y así lo expuso en los reales decreto en los que acordó la medida.

La Moncloa defiende la legalidad de la medida de gracia

J. M. / C. S. B.

El cambio de criterio del Tribunal Supremo respecto a los recursos contra los indultos del procés les ha estallado al Ejecutivo central y al catalán en sus respectivas ruedas de prensa de los martes. “El Gobierno defiende la legalidad de todas sus actuaciones y, en el caso de los indultos, no solo la legalidad sino la utilidad en aras a la convivencia y la recuperación de la normalidad en Cataluña", ha afirmado Isabel Rodríguez, ministra portavoz, tras la reunión del Consejo de Ministros.

El presidente de la Generalitat, Pere Aragonès, se ha mostrado confiado en que los recursos no prosperarán y ha cargado contra PP, Ciudadanos y Vox por considerar que "trabajan para tensionar aún más una sociedad que ha sufrido mucho”. Aragonès ha atribuido el cambio de posición de los magistrados a la nueva composición de la Sala de lo Contencioso-Administrativo. Eso, ha dicho, hace que el análisis del Supremo "seá político y no judicial". 

Ciudadanos, uno de los partidos que recurrió las medidas de gracia, ha aplaudido la decisión del Supremo.  "Estamos un paso más cerca de que se anulen los indultos contra los condenados por lo que llamamos el juicio del procés. Condenados por sedición, por malversación, por desobediencia, por delitos muy graves, indultados, en nuestra opinión, injustamente por el Gobierno", afirmó su portavoz parlamentario, Edmundo Bal.


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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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