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La Comisión Europea censura los criterios de Bélgica para rechazar euroórdenes

La justicia europea tiene pendiente responder al juez Llarena sobre el mismo asunto

Carles Puigdemont
Carles Puigdemont, Toni Comín y Clara Ponsatí en el Parlamento Europeo, el pasado 3 de junio.Jan Van De Vel (Europa Press)

La Comisión Europea ha abierto un expediente sancionador contra Bélgica por aplicar de forma incorrecta las euroórdenes. La institución ha enviado una carta formal a las autoridades belgas para indagar las causas por las que un tribunal de ese país puede rechazar la ejecución de una orden europea de detención y entrega cursada por otro país de la UE. Fuentes comunitarias desvinculan este procedimiento de la causa abierta contra Carles Puigdemont y otros exmiembros del Gobierno de la Generalitat catalana; pero la justicia europea tiene pendiente de resolver una cuestión prejudicial enviada por el instructor del procés en el Tribunal Supremo, el magistrado Pablo Llarena, en la que este cuestionaba precisamente las razones alegadas por Bélgica para rechazar la entrega de uno de los exconsejeros fugados, Lluís Puig. Los fallos en el procedimiento empleado por Bélgica que han llevado a la Comisión Europea a abrir el expediente coinciden con los señalados por Llarena.

Además de a Bélgica, el Ejecutivo comunitario abrió expediente a otros cinco países, entre ellos España, por no completar —o hacerlo de forma errónea— la transposición de las euroórdenes. Bruselas sigue considerando que, por regla general, estas órdenes funcionan bien. Sin embargo, el caso de Puigdemont ha puesto al descubierto que se está lejos del automatismo que implica el espíritu del reglamento europeo, que se basa en la presunción de una confianza mutua entre los socios de la UE. De hecho, la Comisión Europea ha abierto ya procedimientos infractores a 16 socios por una mala transposición del reglamento a sus leyes nacionales.

Como avanzó Europa Press, la Comisión aprecia fallos al trasladar algunos apartados de los reglamentos a la legislación nacional belga. “Se refieren a la no transposición o a la no conformidad de algunos artículos, en particular, la transposición incorrecta de los motivos que permiten no ejecutar una orden cursada por el juez de otro país”, señalan fuentes de la institución, según las cuales estos motivos deben ajustarse a lo previsto en la legislación comunitaria, no en la belga.

“El procedimiento de infracción contra Bélgica se inició debido a la falta de comunicación y la transposición incorrecta de algunas disposiciones de la decisión marco sobre la orden de detención europea”, explicaron fuentes comunitarias, que pusieron como ejemplo la transposición obligatoria sobre las causas opcionales para el reconocimiento de una orden de arresto.

La Comisión lo desmarcó del caso de Puigdemont. Sin embargo, el expediente a Bélgica se produce cuando el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) está tramitando una cuestión prejudicial presentada en marzo por el instructor de la causa del procés en el Supremo. El objetivo último del juez Llarena es limitar las posibilidades de Bélgica de rechazar la euroorden contra Puigdemont (por sedición y malversación) y los exconsejeros Toni Comín y Clara Ponsatí (solo por sedición). En su escrito, Llarena discrepa de la interpretación del derecho europeo que está aplicando la justicia belga y, entre otros aspectos, cuestiona las razones alegadas por ese país para rechazar las órdenes de entrega.

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