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Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Gravar las herencias

Lo que necesita el impuesto de Sucesiones es una armonización en el conjunto del territorio nacional

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero.
La ministra de Hacienda, María Jesús Montero.Javier Lizón (EFE)

El debate permanente sobre el impuesto de sucesiones, resucitado ahora por la propuesta parlamentaria de Ciudadanos para remodelarlo a la baja, suscita una vez más la necesidad de una reforma para el conjunto del sistema tributario español. Quienes proponen su práctica desaparición (como podría entenderse en la proposición de Ciudadanos) sostienen que gravar las herencias supone imponer una doble tributación a las rentas y hacen caso omiso de las necesidades de recaudación de las autonomías (lo que se deja de ingresar por un impuesto hay que obtenerse por otro). Un argumento en sentido contrario recuerda que los impuestos gravan los hechos imponibles, y que la transmisión de renta a los herederos es en sí mismo un nuevo hecho imponible. El impuesto de sucesiones tiene como objetivo corregir una parte de la desigualdad de oportunidades que plantean las herencias y esa función parecería justificar su mantenimiento, como han entendido incluso las grandes fortunas de otros países.

Es seguro que el impuesto en cuestión, tal como se aplica, necesita de una armonización en el conjunto del territorio nacional. La excesiva dispersión normativa entre comunidades produce distorsiones como el desplazamiento de rentas y localizaciones familiares para evitar los territorios con mayor imposición. Una reforma posible de sucesiones debe incluir —en línea con las recomendaciones de los expertos solicitadas por el Gobierno anterior— un tipo mínimo estatal, de forma que cada autonomía mantuviese suficiente capacidad para aplicar su propia normativa al alza sobre ese mínimo.

Asimismo es preciso garantizar, en esa hipotética reforma del impuesto, que sucesiones gravará de forma progresiva las herencias más altas. Si la razón de ser del tributo es corregir un cierto grado de desigualdad atribuible a la transmisión de rentas, en ningún caso puede admitirse una carga fiscal opresiva sobre las clases medias o bajas. Heredar una vivienda o cantidades moderadas no puede convertirse en objeto de exacción fiscal. Por esa razón es imprescindible una reformulación de las exenciones y desgravaciones en cada caso y en cada grado de parentesco, de modo que recibir un legado modesto nunca se convierta en un problema para el perceptor.

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El impuesto de sucesiones ni ha de suprimirse ni reducirse a una presencia marginal en la estructura fiscal española. So pena de que quien lo intente muestre una fórmula mejor para corregir la desigualdad de oportunidades y diga de dónde va a salir lo que con la desaparición de sucesiones se elimina como ingresos autonómicos.

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