Puigdemont no es un preso político
En España hay políticos presos por haber actuado de cierta forma. Son delitos los actos, no las ideas
<CL10>Los líderes secesionistas no son presos políticos. No lo ha sido Carles Puigdemont en Schleswig-Holstein ni lo será si su tribunal lo entrega a España por malversación, como prefigura la resolución.
“Es una vergüenza para Europa tener presos políticos”, afirmó el conciudadano al salir de Neumünster, con énfasis similar al de los seguidores entusiasmados por la decisión de no entregarle por rebelión.
Pero el texto del jaleado tribunal es del todo contrario a esa versión. Disiente de que haya un riesgo de “persecución política” al que se expondría el dirigente si se le extradita. Y ello porque “con el delito de malversación de caudales públicos se imputa al acusado una conducta concreta, punible también de acuerdo con la legislación alemana bajo la figura de deslealtad, y no sus convicciones políticas”.
O sea, no hay presos políticos, de conciencia, por ideas. Sino políticos presos por haber actuado de cierta forma. Son delitos los actos, no las ideas.
El súbito júbilo europeísta de los indepes que el 6-D clamaban en Bruselas contra Europa está fuera de lugar. Como también la casposa reacción chovinista antieuropea del casticismo españolista. Ambos presumen —con alborozo o con lágrimas— que Europa (o Alemania) no han dado un revolcón a un auto o a un juez. Sino que han tumbado la Justicia española.
Sucede lo contrario. Igual el juez Llarena no acierta en su apreciación de la violencia y la rebelión. Igual tampoco sus colegas alemanes (de un Tribunal federado nada provincial, sino con competencias también federales) sobre el desencaje del tipo de la rebelión en la euroorden. Pero el hecho en sí de la decisión (sin entrar en su contenido) es un logro europeo.
Y español. No solo porque fue España impulsora de la norma 584 de 2002 que permite la entrega cuasi automática de delincuentes y procesados entre los socios de la UE. Sino porque esa norma, perfectible (y si conviene, aclarable en cuanto a sus aplicaciones), crea un campo de juego —digamos— más confederal y menos intergubernamental contra la criminalidad.
Cuando los jueces de Schleswig-Holstein deciden sobre ciudadanos españoles por hechos acaecidos en España cuasi se equiparan a jueces españoles. Son sus colaboradores. El reconocimiento mutuo de normas y resoluciones no es armonización federal, pero casi.
Lo federal es el Tribunal del de Estrasburgo (Consejo de Europa) protegiendo la libertad de expresión. Y aún más —por vinculante— el de Luxemburgo (UE) al revolcar sentencias sobre desahucios o créditos hipotecarios. Pertenecen a nuestro Estado de derecho, a nuestro ordenamiento interno, ese que algunos quisieron quebrar.
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