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El Supremo hace tambalear el impuesto sobre los depósitos bancarios

El Alto Tribunal admite a trámite un recurso del BBVA contra el tributo que Andalucía exigía antes de que fuera sustituido por un gravamen estatal

BBVA
Sede de BBVA, en Madrid.
Laura Delle Femmine

El Tribunal Supremo ha admitido a trámite un recurso del BBVA que pone en entredicho el impuesto a los depósitos bancarios, un tributo que abonan las entidades de crédito y que el Estado reparte entre las comunidades. Los magistrados, en concreto, analizarán si el gravamen que Andalucía exigió en 2012 es contrario al principio de capacidad económica. “Se preguntan si está realmente bien diseñado para captar la capacidad económica de los bancos en cada momento”, resume Diego Martínez López, docente de la Universidad Pablo de Olavide e investigador del centro de estudios Fedea. Pero su decisión puede impactar en el impuesto estatal que, a partir de esa fecha, vino a sustituir los gravámenes que varias autonomías habían aprobado para gravar la tenencia de los ahorros de los clientes.

De hecho, el auto del Supremo, de finales de junio de este año, no supone ni de lejos el primer bache legal para esta figura fiscal. La primera versión del tributo se aprobó hace más de 20 años en Extremadura, pionera en este sentido, y desde sus primeros pasos ha ido rebotando de un tribunal a otro. Era 2001 y el entonces presidente de la Junta, Juan Carlos Rodríguez Ibarra, pretendía con ello sufragar determinados programas sociales. Sin embargo, el Gobierno central, liderado por el PP de José María Aznar, lo recurrió ante el Tribunal Constitucional. En 2010 pasó algo parecido en Andalucía. En este caso lo frenó el Ejecutivo socialista de José Luis Rodríguez Zapatero.

La situación se desbloqueó en 2012, cuando el Tribunal Constitucional avaló el impuesto extremeño. Varias comunidades mostraron su intención de gravar entonces los depósitos para llenar las cajas que la crisis financiera había dejado tiritando y algunas hasta dieron luz verde a un tributo propio. Pero el Gobierno central, con Mariano Rajoy como presidente y Cristóbal Montoro al mando de Hacienda, tomó las riendas y creó un impuesto estatal para evitar que cada territorio tuviera normas distintas y proteger un sistema bancario quebradizo. Acabó diseñando un impuesto estatal con un tipo del 0% sobre los depósitos, que anulaba las tasas autonómicas y que de facto dejaba al tributo en papel mojado, quitándole cualquier posibilidad de recaudar.

El enfado de los barones regionales no tardó en manifestarse. En 2013, exigieron modificar el tributo. Montoro, por exigencias legales, tuvo que elevar el tipo impositivo. Lo fijó en el 0,03% a partir de 2015, y estableció que lo recaudado por el impuesto lo repartiera el Estado entre las comunidades. En 2016, las arcas regionales ingresaron 345,9 millones de euros por el tributo, además de una compensación de 277 millones para Extremadura, Andalucía y Canarias. En estos tres territorios los respectivos gravámenes autonómicos quedaron sin efectos tras la creación de la tasa estatal, jerárquicamente superior. En cambio, los tributos aprobados por Asturias, Cataluña y la Comunidad Valenciana fueron eliminados por haber sido declarados inconstitucionales.

En 2021, según los últimos datos disponibles, el impuesto estatal a los depósitos supuso unos ingresos de unos 343 millones de euros, además de unos 353 millones que el Estado ha transferido a Andalucía (216,5 millones), Canarias (96,5) y Extremadura (40,4) como compensación por haber mantenido durante un tiempo congelados los respectivos gravámenes autonómicos.

Recurso de casación

Después de 20 años de culebrón, la imposición fiscal sobre los depósitos bancarios vuelve a la palestra y se enfrenta a otro proceso judicial. BBVA ha presentado un recurso de casación contra una sentencia de septiembre de 2022 del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que a su vez rechazaba anteriores recursos de la entidad ante la Agencia Tributaria andaluza, por haberle denegado la rectificación de las autoliquidaciones presentadas por el impuesto sobre los depósitos bancarios en 2012.

La historia empieza cuando el banco presenta en Andalucía el impuesto autonómico correspondiente al ejercicio de 2012, con una cuota líquida de 48,9 millones. Un mes después, Catalunya Banc, que luego sería absorbida por BBVA, entrega la suya por 1,3 millones. En 2017, BBVA solicita a la Agencia Tributaria andaluza la rectificación de esas declaraciones-liquidaciones, alegando que la ley reguladora del tributo viola varios principios constitucionales y de la Ley General Tributaria: que el impuesto andaluz infringe el principio de capacidad económica, debido a que el cálculo de la base imponible impide probar la inexistencia de beneficios derivados de los depósitos; que es contrario al principio de igualdad y no discriminación entre españoles, y al de unidad de doctrina en la aplicación de la ley.

El fisco rechaza la demanda, y el banco sigue recurriendo hasta llegar al Tribunal Superior de Justicia de la comunidad, que también tumba su recurso. La entidad saca entonces la última bala y presenta un recurso de casación, en el que alega las mismas razones que en los anteriores.

El Supremo ha tomado en consideración solo una de las argumentaciones del banco: ha admitido a trámite el recurso al considerar que tiene interés casacional “esclarecer si resulta contrario al principio de capacidad económica un impuesto, como el examinado, que, gravando la tenencia de depósitos en entidades de crédito, determina la base imponible mediante un cálculo que impide probar la inexistencia de beneficios de explotación derivadas de dichos depósitos”. El TSJ andaluz, al contrario, había alegado que el hecho imponible del gravamen es “la captación de fondos que comporte la obligación de restitución”, y no la actividad empresarial y su beneficio. “No es un impuesto sobre el resultado de una actividad económica, de ahí que la ganancia o la pérdida sea irrelevante para la tributación”.

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Sobre la firma

Laura Delle Femmine
Es redactora en la sección de Economía de EL PAÍS y está especializada en Hacienda. Es licenciada en Ciencias Internacionales y Diplomáticas por la Universidad de Trieste (Italia), Máster de Periodismo de EL PAÍS y Especialista en Información Económica por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo.

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