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Columna
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Patrimonios y financiación de las pensiones

Recurrir a los inmigrantes e impuestos empeorará el bienestar social de las distintas generaciones

tomás ondara

Es obvio que en la situación actual de la economía española, visto el paro estructural existente, el aumento de cotizaciones no puede ser la respuesta a los déficits de nuestra protección social. Bajar la pensión media o la elegibilidad de sus beneficiarios para equilibrar las cuentas de la Seguridad Social no tiene visos tampoco a corto plazo de ser la solución. A los equilibrios políticos me remito. Mantener por tanto el statu quo actual del gasto en pensiones aboca a aplicar ingresos generales a las pensiones. Así parece apuntarlo ya el nuevo ministro José Luis Escrivá: acabar requiriendo más inmigrantes y enchufar impuestos a lo que debiera ser contributivo, no exige gran osadía intelectual. Sin embargo, acudir a esta fuente de financiación, en vez de recuperar los equilibrios intergeneracionales de bienestar social, los va a empeorar.

La dificultad observada en el cambio de nuestras estructuras fiscales, ante las resistencias a una mejor combinación impositiva al servicio del crecimiento y de la justicia fiscal, obliga pues a cuestionarse que, ante la insuficiencia en la financiación de las pensiones, o incluso de otros servicios del bienestar donde no alcanza la cotización, sea el ciudadano quien lo sufrague con impuestos generales. Y en consecuencia, si no tendría lógica la apelación al usuario (copagos) o, en el caso que nos ocupa, activar parte del patrimonio del que disponen determinados pensionistas. Se trataría de una medida potencialmente progresiva dada la distribución actual de la propiedad, que se concentra en gran medida en algunos de nuestros mayores, tal como constata la encuesta del Banco de España sobre la riqueza de las familias. Anualidades (fondo perdido, en nomenclatura popular), hipotecas inversas y activación de alquileres para generar ingresos complementarios, antes que medidas discriminantes, tales como el alargamiento genérico de la edad de jubilación (recuérdese que, al tener la esperanza de vida sesgo socioeconómico, esta medida esconde regresividad), el aumento de cotizaciones (que castigaría a los activos ocupados y parados, especialmente jóvenes), la imposición sobre el consumo (que en proporción castiga mayormente a las rentas bajas) o un incremento de tipos en el IRPF (hoy en gran medida a cargo del trabajador por cuenta ajena).

Como es sabido, las anualidades en abstracto distribuyen el riesgo al financiador, por longevidad, y al financiado al no dejar remanente patrimonial alguno por un fallecimiento prematuro. Con la hipoteca inversa, el riesgo se distribuye menos simétricamente para el hipotecado: si sobrevive a la duración de la hipoteca necesitará realquilar la vivienda, aunque si no es el caso, el residuo sí formará parte del caudal relicto. Existen formulaciones intermedias, también posibles.

Son diversas las razones por las que aquellas formas de financiación ancladas en el valor de la vivienda no han ganado terreno por el momento. La de la hipoteca inversa tiene causas específicas. En países anglosajones y culturas nórdicas el alquiler supera a la tenencia en propiedad. La base de partida del porfolio pondera mejor otros activos financieros distintos a los reales. Este no es el caso español. En EE UU se concibe el valor de la propiedad más como un seguro para las contingencias de salud y dependencia que para complementar pensiones. Necesitan esta salvaguarda, ya que el sector público no cubre la sanidad y los cuidados de larga duración de forma significativa. A diferencia de nuestro país, en muchos no cuentan con un registro de propiedad efectivo (muchos anglosajones), lo que no asegura el control de ventas fraudulentas de fincas hipotecadas, lo que no es, de nuevo, el caso español.

La articulación de estas fórmulas a través de entidades financieras tiene hoy una percepción bastante hostil. El banco puede verse obligado a provisionar los cambios de estas modalidades de activo en fases bajas de ciclo, aunque a largo plazo su revalorización sea menos cuestionable. Ello tiene un coste. Además, la reputación de las entidades financieras no pasa hoy por su mejor momento. Su implementación requiere preservar el valor patrimonial de la propiedad hipotecada por la vía de cuidar y rehabilitar. La cultura en nuestro país exacerba la idea de ‘no gastar’ (incluyendo en el capital humano de los descendientes) para poder pagar hipotecas y así acabar dejando en herencia este capital físico, más o menos ya obsoleto, en edades tardías de sus herederos. Ello suele ser a costa de que estos no hayan recibido de jóvenes el apoyo en su educación o en avales para alquilar o comprar un piso y así poderse emancipar. En ello juega el impuesto de sucesiones, si acaso eliminando el de patrimonio personal y el de donaciones, ya que ayudaría a recuperar parte de los equilibrios generacionales de bienestar hoy perdidos.

Remover parte de los obstáculos anteriores para promover su activación pasaría por establecer fórmulas que suavicen el disfrute de la vivienda en caso de superar la maduración del crédito hipotecario; buscar una garantía de última instancia ante cambios disruptivos de la esperanza de vida (más allá de lo observado durante el último siglo de un año por década); otorgar avales públicos para hacer innecesarias determinadas provisiones; y favorecer sociedades interpuestas, sin ánimo de lucro, entre destinatarios y banca para acomodar situaciones diversas. Y una regulación pública que fije edades mínimas para acceder a dichos instrumentos, con requisitos de aseguramiento para la buena conservación de propiedades, colchones que conecten fondos privados de pensiones con anualidades (en nuestro país ya es posible) y la recuperación en cualquier momento de las propiedades hipotecadas, ya sea por parte de los herederos o de los tenedores de la hipoteca.

Guillem López Casasnovas es profesor de Económicas en la Universidad Pompeu Fabra

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