Fomento decreta servicios mínimos para Renfe y el transporte aéreo el 8M
Los trenes de Cercanías tendrán un 75% en horas punta y un 72% para el AVE. También se garantizan hasta el 57% de los vuelos peninsulares
El Ministerio de Fomento ha aprobado los servicios mínimos para los transportes de servicio público tanto en viaje por carretera, avión o ferrocarril correspondientes a la convocatoria de huelga general para el próximo día 8 de marzo con motivo del Día Internacional de la Mujer.
Para Renfe, los servicios mínimos de Cercanías y en hora punta alcanzarán el 75% del servicio de un día laborable y, en hora valle, el 50%; en los servicios de Media Distancia (Regionales) se garantiza el 65% del servicio normal diario y, en cualquier caso, se asegura al menos un tren por sentido al día; y en los servicios de Alta Velocidad (AVE) y Larga distancia se establecen unos servicios mínimos del 72% del habitual.
En el transporte aéreo, se determinan el 100% de los servicios domésticos de cada compañía aérea para cada ruta con los aeropuertos de los territorios no peninsulares (Islas Canarias y Baleares); el 38%, de los servicios de cada aerolínea para cada ruta con ciudades españolas peninsulares, en los que el medio alternativo de transporte público signifique un recorrido con un tiempo de desplazamiento inferior a 5 horas; y el 57%, de los servicios de cada compañía para cada ruta con ciudades españolas peninsulares cuyo medio alternativo de transporte público signifique un recorrido con un tiempo de desplazamiento igual o superior a 5 horas, así como en cada ruta con ciudades extranjeras.
Por otro lado, quedan garantizados los servicios relacionados con el transporte aéreo dedicados a labores de emergencia (ambulancia, antiincendios, transporte de órganos para el Sistema Nacional de Trasplantes, vigilancia, protección civil y rescate, etcétera.). Asimismo, se recalca expresamente que las compañías aéreas deberán adoptar todas las medidas necesarias para garantizar, de forma estricta y rigurosa, los derechos de los pasajeros afectados por la convocatoria de huelga, de acuerdo a la normativa de aplicación vigente.
De este modo, en el transporte de viajeros regular por carretera competencia de la Administración General del Estado se determina que se deberá prestar el 50% de las expediciones, cumpliendo en todo caso los servicios que contemplen una sola expedición en dicha jornada. A los servicios competencia de las comunidades autónomas les serán de aplicación los servicios mínimos dictados por las mismas.
En el transporte marítimo se determina principalmente que se debe asegurar, en las conexiones entre la península con los territorios no peninsulares, un servicio en cada sentido por cada línea de interés público a prestar por cada compañía que opere en la misma, salvo, por supuesto, si en el día de huelga no se hubiera programado la prestación del servicio en condiciones normales.
Las líneas afectadas, en ambos sentidos son: la que une Cádiz con Las Palmas y con Santa Cruz de Tenerife; las que unen Barcelona con Palma de Mallorca, Mahón e Ibiza; la que une Valencia con Palma de Mallorca, Ibiza y Mahón; Denia con Palma de Mallorca e Ibiza; Algeciras con Ceuta; y Melilla con Málaga y Almería.
La convocatoria oficial de huelga parte de las cientos de organizaciones de mujeres estatales, autonómicas y locales que conforman el Movimiento Feminista en España. Por su parte, los sindicatos UGT, CC OO y USO han registrado una convocatoria de huelga general para ese viernes 8 de marzo para realizar paros de dos horas por turno "como mínimo" en los centros de trabajo, aunque dará cobertura legal a los trabajadores para secundar la huelga durante las 24 horas. Y CNT y CGT han registrado ya la huelga general de 24 horas para ese día, mientras que la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas, ha convocado paros de una hora, en turno de mañana, tarde y noche.
El Ministerio de Fomento justificó estos servicios esenciales con el objetivo de compatibilizar el derecho de huelga de los trabajadores con el derecho a la movilidad, como derecho fundamental de los ciudadanos, de acuerdo con los principios de la Constitución Española.
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