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El tribunal europeo ordena revisar la sentencia que avaló las ayudas españolas a los astilleros

La Justicia había rechazado la pretensión de Bruselas de que España recuperara las subvenciones concedidas

Los astilleros La Naval, de Sestao (Vizcaya)
Los astilleros La Naval, de Sestao (Vizcaya)Santos Cirilo

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha ordenado este miércoles revisar la sentencia que avaló el sistema español de bonificaciones fiscales (tax lease) para los inversores en astilleros, que previamente había sido declarado ilegal por la Comisión Europea.

El caso se remonta a 2013, cuando Bruselas pidió a las autoridades españolas recuperar las ayudas ilegales concedidas a los astilleros bajo este sistema entre 2007 y 2011, tras concluir que el régimen de ayudas vulnera las normas de la UE en materia de ayudas públicas porque concedió una ventaja selectiva a sus beneficiarios con respecto a sus competidores.

El Ejecutivo comunitario estableció entonces que las subvenciones deberían devolverlas los inversores que financiaron la construcción de los buques, pero no los armadores ni los propios astilleros.

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Este sistema se puso en marcha en 2002, aunque Bruselas propuso que se recuperasen los apoyos concedidos desde abril de 2007, frente a la posición del Gobierno, que aboga por contar desde 2011, fecha en la que se consideró ilegal el régimen de bonificaciones.

El Gobierno español y las sociedades Lico Leasing y Pequeños y Medianos Astilleros Sociedad de Reconversión recurrieron la decisión de Bruselas. El Tribunal General de la UE -organismo de primera instancia- anuló la decisión del Ejecutivo comunitario en una sentencia que hizo pública el 17 de diciembre de 2017.

La Comisión Europea presentó un recurso y, en su sentencia de este miércoles, el Tribunal de Justicia ha anulado el fallo del Tribunal General, al que ha devuelto el asunto para una nueva evaluación.

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