La CNMV publicará el nombre de las empresas a las que abra expediente
El objetivo de la nueva medida del regulador es alertar a los inversores de la gravedad del caso y su potencial extensión
La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha dado un paso más en la transparencia de su actuación sancionadora. A partir de ahora y por primera vez en sus 30 años de historia, cuando abra un expediente sancionador publicará el nombre de la empresa y el de las personas implicadas, excluyendo datos confidenciales, y sin que se perjudique a la investigación. El objetivo es alertar a los inversores por la gravedad del caso y su potencial extensión, es decir, será una señal para todo el mercado, según fuentes de la CNMV. La decisión supondrá un daño reputacional para la empresa o el afectado.
En el mercado financiero la reputación se valora mucho. Sobre todo cuando hay posibilidad de perderla, por eso los abogados tratan de evitar que se conozcan los datos de sus clientes cuando están bajo investigación de los supervisores. Pero la CNMV ha dado un paso adelante en la publicación de expedientes y se equipara así a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, (CNMC). Este último organismo siempre ha hecho público los nombres de las empresas al incoar expedientes sancionadores.
Hasta ahora, la CNMV solo daba a conocer los expedientes cerrados y aprobados por su consejo. Incluso, en algunos casos, no se podían hacer públicos hasta la resolución de los recursos de alzada, lo que retrasaba más de un año la publicación.
Sebastián Albella, presidente de la CNMV, explica a preguntas de este periódico: “Hemos establecido una serie de criterios para asegurar que se hace un uso adecuado y equilibrado de la publicación de la incoación de expedientes, que se hará cuando concurran circunstancias como que sean casos relevantes que generen especial interés de la opinión pública, que supongan prácticas indebidas de especial gravedad sobre las que interese dirigir un mensaje general al mercado para que no se propague o que, siendo de especial gravedad, se produzca reincidencia. Creemos que esta decisión será muy útil para el mercado”.
La normativa fue modificada en 2015, bajo el mandato de Elvira Rodríguez en la Comisión. Se estableció la posibilidad de publicar la incoación de expedientes pero con limitaciones y eliminando algunos datos personales y confidenciales. Según el artículo 275 de la Ley del Mercado de Valores (LMV), hacer públicos los datos personales está supeditado a una “previa ponderación, suficientemente razonada, entre el interés público, atendiendo a los efectos favorables que, en conjunto, genere sobre la mejor transparencia y funcionamiento de los mercados de valores y la protección de los inversores, y el perjuicio que cause a los infractores”.
Más detalles de las firmas sancionadas
Además de hacer público la incoación de los expedientes, la CNMV ha decidido dar más datos en las resoluciones sobre sanciones.
En el Boletín Oficial del Estado del pasado 5 de julio, se publicaron dos multas impuestas a la sociedad de valores Link Securities. Por primera vez, la resolución publica la empresa sobre la que se realizó la infracción, Cellnex, el periodo en el que se produjeron las actuaciones y en qué consistió la infracción.
Así, se ha impuesto 75.000 euros de sanción a Link Securities por “realización de prácticas de manipulación de mercado con acciones de Cellnex, en varias sesiones de mercado de agosto y septiembre de 2015”. Además, se castigó con 15.000 euros a Link “por realizar ventas en corto descubiertas de acciones de Cellnex”, en el mismo periodo de 2015. En este caso, se ha tardado dos años desde que se cometió la irregularidad hasta que se ha conocido al infractor.
Para algunos expertos, la ambigua redacción del artículo 275 de la LMV sobre “ejecutividad, registro y publicidad de las sanciones” influyó en el hecho de que no se hiciera público ningún expediente abierto bajo la presidencia de Elvira Rodríguez, que ocupó el máximo cargo de la Comisión hasta octubre de 2016.
Como apuntan estas fuentes, hasta ahora este equilibrio del que habla el artículo se ha traducido en favor del posible infractor y del cuidado de su reputación. Sin embargo, ahora se ha cambiado de criterio y el nuevo equipo director de la CNMV considera que las aperturas de expedientes son una manera adecuada de advertir a otros posibles inversores de los riesgos que están asumiendo con determinadas prácticas. Si se espera a terminar el procedimiento, que lleva habitualmente entre seis meses o un año de duración, otros clientes podrían acabar cayendo en la trampa de un infractor o utilizar un producto que acarrea problemas. El objetivo es cerrar el paso a la empresa o personas que mantienen conductas irregulares.
Hasta el momento, la CNMV solo ha publicado los nombres de los afectados en investigaciones abiertas cuando se trataba de chiringuitos de inversión que estaban trabajando sin autorización y se les denunciaba. En este caso, se trata de cerrar el paso a los que trabajan al margen de la ley y evitar que crezcan los problemas que terminan causando. De forma excepcional, la Comisión solo ha anunciado hasta ahora alguna investigación a empresas cotizadas con grandes repercusiones públicas. Este fue el caso de Pescanova y Gowex, y prácticamente ninguna más, si bien no se trataba de una apertura de expedientes.
Albella lleva tiempo madurando esta idea. En marzo de 2017, el presidente de la Comisión presentó una batería de 50 objetivos o medidas incluidas en su Plan de Actividades. “Es una herramienta que está ahí y queremos hacer uso de ella, con las debidas cautelas y fijando las reglas para que no sea un sistema arbitrario”, dijo entonces. Ahora ya ha dado el paso que empezará a aplicarse en septiembre.
La Comisión gana la mayoría de las demandas judiciales
Ahora que la CNMV va a dar un paso adelante al publicar la apertura de los expedientes, es importante conocer qué es lo que pasa con las sanciones que impone.
Según el Informa Anual de 2017 de la CNMV, de las 19 sentencias dictadas “en materia sancionadora por la Audiencia Nacional y los Juzgados Centrales de lo contencioso-administrativo, 15 confirmaron íntegramente las resoluciones impugnadas, dos estimaron el recurso y anularon las resoluciones recurridas, una redujo el importe de una de las sanciones” y otra anuló parte de la sanción. Esta última ha sido recurrida en casación por la Administración.
Solo en 2017, se interpusieron 17 recursos administrativos contra resoluciones sancionadoras ante el Ministerio de Economía: 16 fueron de alzada y una de reposición. Hasta el momento, se han resuelto seis de alzada y el de reposición y todos han sido desestimados, según los datos de la CNMV.
Además, el Tribunal Supremo desestimó tres recursos de casación interpuestos contra sentencias confirmatorias de sanciones, y dictó dos autos y cinco providencias de inadmisión a trámite de sendos recursos de casación. Uno de ellos fue interpuesto por la Administración contra una sentencia de la Audiencia Nacional que había anulado una resolución sancionadora de la Comisión.
Por lo que se refiere a los procedimientos sobre resoluciones no sancionadoras, “todos los recursos se han resuelto de forma favorable a la CNMV”, apunta el Informe Anual.
Además, la Comisión ha ganado cuatro recursos interpuestos contra resoluciones que desestimaron la responsabilidad patrimonial en relación con la comercialización de participaciones preferentes o deuda subordinada por parte de diversas entidades financieras. Lo mismo ocurrió en cinco procedimientos —todos ellos por desistimiento— interpuestos contra la desestimación de una reclamación de responsabilidad patrimonial contra la CNMV por su actuación con un fondo de inversión.
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