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El Código Mercantil pone coto a las normas autonómicas

El Ejecutivo redobla su ofensiva por la unidad de mercado y blinda la legislación mercantil

Cristina Delgado
El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, y la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría
El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, y la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de SantamaríaÁlvaro García

En la presentación del Anteproyecto del Código Mercantil, Alberto Ruiz-Gallardón insistió en dejar claro su principal objetivo: “Asegurar la unidad de mercado”. Esta lucha, señaló el ministro de Justicia, es una “exigencia constitucional”, además de necesaria “para mejorar la competitividad”. Con la nueva legislación mercantil el Gobierno quiere dar un paso más en su empeño por evitar normativas autonómicas en materias que considera solo de su incumbencia. Espera que sustituir el actual Código de Comercio de 1885 por el renovado sirva para poner coto a normas creadas por las autonomías en materia mercantil.

Con la renovación de la legislación, señaló el Ministerio de Justicia “se garantiza que en todo el territorio español las normas de los contratos mercantiles sean las mismas” y se rompe así “la tendencia de regular operaciones de mercados que estaban emprendiendo algunas comunidades autónomas”.

“Cataluña tiene un Código Civil propio. Y lo han aprovechado para incluir algunas normas que en realidad son del ámbito mercantil. Y eso no está permitido, porque es una materia que la Constitución limita al Estado”, explicó este viernes un miembro de la Comisión General de Codificación, encargado de elaborar el anteproyecto. El refuerzo de la legislación mercantil pretende apuntalar la ley de unidad de mercado, que el Gobierno aprobó a principios de año, que también pone coto a las autonomías, en otros ámbitos no mercantiles.

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No es el único refuerzo a la españolidad que el Ejecutivo incluye en el nuevo Código Mercantil. Entre los 1.727 artículos también se recoge la posibilidad de el que Gobierno se oponga o imponga condiciones “por razones de interés público” a las fusiones transfronterizas entre una empresa española y otra extracomunitaria si implica, por ejemplo, que la sede de la empresa acabe fuera de las fronteras españolas. “Las normas legales que permitan al Gobierno español o a otras autoridades administrativas competentes oponerse o imponer condiciones por razones de interés público a una fusión interna, serán también de aplicación a las fusiones transfronterizas en las que, al menos, una de las sociedades que se fusionan esté sujeta a la ley española y la nueva sociedad vaya a tener o la sociedad absorbente tenga su domicilio en otro Estado que no sea miembro de la Unión Europea”, recoge el anteproyecto. El Ministerio de Justicia, sin embargo, apuntó que esta norma no es una novedad en la legislación española, sino que el Código la recoge llegada de una directiva europea. El Departamento que dirige Alberto Ruiz-Gallardón lo ha desvinculado así de la conocida como acción de oro, que por ejemplo el Gobierno francés quiere activar para evitar compras como la de Alstom por parte de una empresa de EE UU.

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Sobre la firma

Cristina Delgado
Es subdirectora y se encarga de la edición digital de EL PAÍS. Antes fue redactora jefa de Economía, sección en la que se incorporó al periódico, en 2008. Licenciada en Periodismo y en Comunicación Audiovisual, ha realizado el máster UAM-ELPAIS y posgrados de información económica y gestión.

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