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La justicia catalana paraliza el veto al 'burka' en Lleida

Una asociación musulmana logra la suspensión cautelar

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha suspendido de manera cautelar el acuerdo adoptado por el pleno del Ayuntamiento de Lleida que prohíbe el uso del velo integral islámico, principalmente el burka y el niqab, en edificios y equipamientos municipales.

El auto, fechado el 12 de enero y conocido ayer, señala que la suspensión cautelar estará vigente hasta que se produzca la sentencia del caso, que será dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo. La resolución judicial se produce al estimar el recurso especial de protección de los derechos fundamentales presentado en su día por la Asociación Watani para la Libertad y la Justicia, entidad minoritaria dentro del colectivo musulmán, contra la modificación de la ordenanza municipal de civismo y convivencia de Lleida que regula el uso del velo integral en espacios con competencias municipales.

El Consistorio dice que impugnará el auto del Tribunal Superior catalán

Carlos Antoní, abogado de la asociación Watani, explicó ayer que el auto hace suya la petición y los argumentos del recurso al considerar que la prohibición no está motivada por cuestiones de seguridad o de convivencia ciudadana, como argumentaba el Consistorio, sino que se trata de una medida discriminatoria por motivos de religión. Por ello, el Tribunal Superior catalán ha suspendido de forma cautelar la eficacia de la aplicación de la ordenanza "dado que implicaría unos perjuicios a las personas a las que se impidiera entrar en equipamientos municipales que no se podrían reparar en el caso de una sentencia favorable".

El letrado señala que el tribunal entiende que ya existe una normativa estatal en materia de seguridad que permite a los funcionarios públicos encargados de la vigilancia poder identificar a las personas cuando se lo requieran y por tanto no hay necesidad de prohibirles la entrada directamente. El Ayuntamiento de Lleida, gobernado por el PSC, aprobó definitivamente la nueva ordenanza que regula el uso del burka y niqab en los edificios y equipamientos municipales el pasado 10 de octubre y entró en vigor el 9 de diciembre.

Desde entonces, el Consistorio leridano, el primero de España en regular el uso de esas prendas, podía "limitar o prohibir acceder o permanecer" en espacios municipales a las personas que lleven velo integral, pasamontañas, casco integral u otras vestimentas o accesorios que impidan o dificulten la identificación y la comunicación visual de las personas. Las multas para los infractores oscilan entre 30 y 600 euros. Hasta la fecha no se había denunciado a ninguna persona.

Mourad El Boudouhi, presidente de Watani, dijo ayer que el auto judicial es una "buena noticia para todas las mujeres de creencia musulmana que residen en España". Por su parte, Sara Mestres, concejala de Seguridad Ciudadana, manifestó que el Consistorio presentará un recurso de reposición contra la suspensión cautelar en el plazo de cinco días. "Presentaremos los recursos que sean necesarios para que se haga efectivo el acuerdo que tomó en su día el pleno del Ayuntamiento de Lleida", puntualizó la edil.

La práctica habitual en estos casos es que el tribunal desestime ese tipo de recursos cuando se ha producido una suspensión cautelar, y se remita a la sentencia que dicte una vez analizado el fondo del caso. Con toda probabilidad, esa resolución acabará siendo recurrida ante el Tribunal Supremo por alguna de las partes.

Una mujer vestida con <i>niqab.</i>
Una mujer vestida con niqab.J. L. S

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