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Justicia abre una vía para inscribir a los hijos de 'vientres de alquiler'

Los niños que hayan sido concebidos por gestación subrogada (lo que comúnmente se llama vientres de alquiler) podrán ser inscritos en el Registro Civil si sus padres presentan una resolución judicial del país de origen que reconozca el vínculo con el niño y que la gestante está de acuerdo con el proceso. Así lo recoge una instrucción de la Dirección General de Registros y Notariados, del Ministerio de Justicia, que publica hoy el BOE.

La decisión da cobertura legal en España a los niños así nacidos. El contrato de gestación sustitutiva es legal en algunos Estados de EE UU, India, Rusia, Ucrania y, en la UE, en Reino Unido y Grecia. En España se considera nulo.

La instrucción permite solucionar casos como el de un matrimonio gay de Valencia que tuvo sus hijos en California. Una resolución de Registros y Notariado les permitió inscribirlos como hijos de los dos hombres, pero la Fiscalía recurrió y el tribunal sentenció que no podían hacerlo. La opción que tenían era inscribirlos como hijos de uno de ellos y que el otro adoptara, a lo que el matrimonio se negó. Ahora podrán empezar el proceso presentando la resolución correspondiente.

Justicia tiene siete casos parecidos pendientes, pero los afectados afirman que hay al menos 26 niños esperando.

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