Cela Conde, 1 - Marina Castaño, 0
La Justicia da la razón al hijo del Nobel ante su reclamación testamentaria - La segunda esposa del escritor deberá indemnizarle con casi cuatro millones
El caso de la herencia de Camilo José Cela volvió a estallar ayer a los nueve años de la muerte del escritor, con una primera sentencia judicial favorable a los intereses del único hijo del Nobel de Literatura, el catedrático Camilo José Cela Conde, que reclamó percibir dos tercios del legado como heredero legitimario.
El juez de primera instancia número 40 de Madrid determina que el escritor perjudicó los derechos de su descendiente y que éste debe ser compensando con 5,2 millones de euros. De esa partida 1,8 millones deben ser aportados desde la Fundación Camilo José Cela de Galicia y el resto por la viuda del autor, Marina Castaño, y las sociedades a las que el Nobel cedió sus derechos, perjudicando los intereses de su hijo.
La indemnización total de Cela Conde asciende a 5,2 millones de euros
Once años antes de su fallecimiento, en 1991, Cela dictó testamento. En él nombró "heredera universal" a Marina Castaño, su segunda esposa, y afirmó que había satisfecho "totalmente" la parte legítima que correspondía a su hijo -dos tercios del total-, con la donación de un valioso cuadro de Joan Miró.
Ahora, el juez estima "sustancialmente la demanda" interpuesta por Cela Conde porque "no ha recibido lo que por legítima le corresponde en la herencia de su padre don Camilo José Cela Trulock". El letrado de Cela Conde, Miquel Capellà, anticipó anoche la posibilidad de reclamar la inmediata ejecución de la sentencia mediante un peritaje de bienes, aun cuando reconoció que hay posibles recursos pendientes ante la Audiencia Provincial de Madrid y el Tribunal Supremo.
Cela hijo, catedrático de la Universidad de la Islas Baleares y escritor, que llevaba años distanciado de su padre tras la ruptura del matrimonio entre éste y Rosario Conde, pleiteó en 2006 para defender los intereses de la única nieta de Camilo José Cela, Camila Cela Marty -heredera del Marquesado de Iria Flavia-, y negoció a su vez la posibilidad de alcanzar un acuerdo extrajudicial con los representantes de la viuda y los gestores de la fundación. Hasta días antes de la última vista judicial, ambas partes abordaron la posibilidad de cerrar un pacto, pero el montante económico en disputa impidió el acuerdo.
Al morir, el creador de La colmena estaba técnicamente en la indigencia, no tenía bienes a su nombre ni era el titular de los derechos sobre sus obras. Marina Castaño y Camilo José Cela, mediante varias maniobras financieras y mercantiles, efectuaron el traspaso de derechos de autor a las nuevas sociedades gestoras, Palabras y Papeles y Letras y Tinta, en 1996 y 1997. Con ello, más anteriores donaciones de Cela a su fundación, perjudicaron las aspiraciones legítimas del heredero, de acuerdo con la sentencia.
La decisión del juzgado de primera instancia estipula que la donación efectuada a la fundación por Cela "es inoficiosa en cuanto excede la cuota disponible". En 2004, Camilo José Cela Conde lamentó que en la Fundación Cela se ignorase la figura de su madre, Rosario Conde. En declaraciones a EL PAÍS subrayó que "la mitad de las donaciones y bienes legados con los que se dotó la entidad procedían de mi madre, de su patrimonio, y pese a ello su nombre no se menciona en ningún lugar, publicación ni librito".
Con la donación del cuadro de Miró, Cela quiso dar a entender en su testamento que no desheredaba jurídicamente a su hijo. Pero le demandó al sentirse ofendido por unas declaraciones periodísticas manipuladas, que aquél negó. Cela Conde vendió luego en el extranjero el miró y percibió unos 190.000 euros, un precio muy inferior a su valor del mercado entonces.
El juez basa su argumento en que el cuadro no cubre los dos tercios porque la tasación de esa pintura en 1990 se fijó en 100.970,03 euros. Además, los contratos de cesión de explotación de la propiedad intelectual en Palabras y Papeles y Letra y Tinta quedan anulados. Se establece que esos derechos de explotación de la propiedad intelectual se deben reintegrar a Camilo José Cela Conde, en un valor de 3.931.070 euros.
En su día, Cela Conde descalificó esas operaciones de traspaso de derechos de su padre a las empresas por "encubrir en realidad una donación" a sociedades cuyos "únicos socios consortes eran Cela-Castaño -Palabras y Papeles- y Castaño López -Letra y Tinta-". Según el letrado de Cela, Miquel Capellà, la "verdadera atributaria de las donaciones encubiertas bajo la transmisión onerosa simulada es la demandada Marina Castaño López".
Babelia
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.