Ventajas fiscales para la rehabilitación de vivienda
El coste de las nuevas deducciones suma 1.200 millones - Habrá sociedades público-privadas para infraestructuras
Las normas aprobadas ayer por el Gobierno incluyen medidas fiscales, parte de ellas ya anunciadas, que suponen un coste para las arcas públicas estimadas entre 1.200 y 1.300 millones de euros (de ellos, 800 millones en el impulso a la rehabilitación) y mayores ingresos por la eliminación de la deducción general por compra de vivienda.
- Rehabilitación de vivienda. Por una parte, se podrá aplicar el IVA reducido a las obras de rehabilitación, que hasta ahora sólo afectaba a los trabajos de albañilería. Cuando entre en vigor la ley también se aplicará el tipo reducido a las obras de fontanería (ahorro de agua), instalación de paneles de energía solar (eficiencia energética) o instalación de rampas o ascensores. Así, a efectos de deducciones en el IRPF por inversión en rehabilitación de la vivienda, se amplía el concepto, de modo que se contempla no sólo la reforma estructural sino también la funcional.
Además, se introduce una nueva deducción en el IRPF del 10% para el tipo de obras señaladas que se realicen antes del 31 de diciembre de 2012, con un límite de 3.000 euros anuales (10.000 euros como máximo plurianual y vivienda), y en función de los ingresos del contribuyente, con los mismos tramos que se aplican a la compra de vivienda habitual.
Asimismo se reformará la ley hipotecaria en relación a los llamados créditos refaccionarios, para que puedan utilizarse en obras de rehabilitación con garantías similares a los de la hipoteca, pero con trámites más sencillos (no requiere escritura pública).
- Deducción por compra o alquiler. Como ya se había anunciado, se buscar la equiparación relativa del tratamiento fiscal de la compra y el alquiler de vivienda habitual. Sólo podrán aplicarse las deducciones, tanto por arrendamiento como adquisición, quienes ganen menos de 24.107,20 euros anuales, a partir de enero de 2011. A partir de ahí existe una reducción de forma gradual.
Los que ganen menos de 17.707,2 euros al año podrán deducirse el 15% de la cantidad destinada a compra (como se aplicaba a todos los contribuyentes y a quienes adquieran una vivienda antes del 31 de diciembre de 2010) y el 10,05% del alquiler (que no incluye las deducciones autonómicas), con un máximo de 9.040 euros al año. Además los arrendadores de viviendas podrán reducirse el 60% de las rentas obtenidas por alquiler de viviendas (frente al 50% actual). La exención del 100% de las rentas sólo se aplicarán cuando el arrendatario sea menor de 30 años (y no menor de 35 como ahora).
- Salarios plurianuales. Se eliminan las ventajas de las retribuciones plurianuales. Sólo podrán beneficiarse de la reducción del 40% en los primeros 600.000 euros, y no en el total como hasta ahora. Asimismo, el tratamiento fiscal de los rendimientos derivados de opciones sobre acciones concedidas a trabajadores también se limitan a 600.000 euros.
- Deducción medioambiental.Se mantiene con carácter indefinido (estaba previsto que desapareciera en 2011) la deducción en el Impuesto de Sociedades por las inversiones medioambientales, que además se amplían del 4% al 8%, y se incluyen las destinadas a evitar la contaminación acústica.
- Deducción por inversión en I+D. Se incrementa del 8% al 12% la deducción en el Impuesto de Sociedades por inversión en investigación e innovación. Y se amplía el límite máximo de deducción se incrementa el límite máximo de deducción del 50% al 60% de la cuota íntegra minorada cuando la inversión sea superior 10% de la cuota íntegra del ejercicio.
- Contratación pública y colaboración público-privada
. El Gobierno quiere modificar la Ley de Contratos del Sector Público para permitir la creación de "sociedades de economía mixta", con las que el Ministerio de Fomento pretende dar un impulso a la construcción de infraestructuras, con el objetivo de licitar 15.000 millones adicionales en esta legislatura, que además podrá avalar el Estado. La selección del socio privado deberá respetar los principios de igualdad y concurrencia
Además se intenta agilizar la contratación con la exoneración de la evaluación previa de un proyecto "cuando un órgano de la misma Administración la haya hecho para un supuesto similar" y la adjudicación definitiva de un contrato sin esperar al plazo de 15 días, excepto que pueda ser objeto de recurso especial.
Otro de los aspectos que aborda la reforma se refiere a las modificaciones de contratos, que en ocasiones disparan los costes de un contrato público que se había adjudicado a un precio menor del previsto inicialmente. Se limita al 20% el coste de las modificaciones, que además deben haberse previsto en los pliegos de condiciones o el anuncio de licitación o bien por fuerza mayor. De lo contrario, deberá resolverse el contrato y establecer otro nuevo.
Por otro lado, la Administración podrá obligar a subcontratar hasta el 50% de la obra o servicio (frente al 30% actual) para fomentar que participe pequeñas y medianas empresas.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.
Archivado En
- Rehabilitación vivienda
- IX Legislatura España
- MEH
- Legislación vivienda
- Ley Economía Sostenible
- Política vivienda
- PSOE
- Economía sostenible
- Conservación vivienda
- Legislación española
- Actividad legislativa
- Contratos administrativos
- Legislaturas políticas
- Partidos políticos
- Desarrollo sostenible
- Política económica
- Vivienda
- Parlamento
- Derecho administrativo
- Gobierno
- Ministerios
- Legislación
- Urbanismo
- Administración Estado
- Economía