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Reportaje:

Pocos ojos para tantas alertas

Las comunidades son incapaces de manejar todas las advertencias sobre riesgos para el consumidor - Consumo emite más de 30 cada semana

Carmen Morán Breña

La semana pasada se detectó en el mercado un cosmético italiano que debía de haberse retirado hace tres meses, cuando Portugal dio la alerta. En algunas cajas de Rigenera, una crema facial de la marca Collistar, aparece entre sus componentes una sustancia prohibida por la UE por "sus posibles efectos carcinogénicos, mutagénicos, o tóxicos para la reproducción": bishidroxietil biscetil malonamida. Lo denunció la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) el miércoles pasado y sólo a partir de entonces se retiró de los establecimientos.

Ocurre lo mismo con otros productos, sobre los que se alerta a las comunidades autónomas. Cada semana, la página web del Instituto Nacional de Consumo (INC) publica entre 30 y 50 alertas, de las que automáticamente tienen información las comunidades. Son ellas las que han de encargarse de que se lleven a efecto las órdenes explícitas: retirada del producto y su destrucción, y las que tienen la capacidad de sancionar. Para ello han de contactar con los fabricantes o los distribuidores.

Son demasiadas alertas para gestionarlas con eficacia con los recursos de que se disponen, aunque, afortunadamente, en la mayoría de los casos se trata de artículos de poca distribución y escasos riesgos. Por eso, las comunidades establecen prioridades para gestionar las alertas.

En el caso de la crema facial italiana, el INC trasladó el aviso llegado desde Portugal en noviembre y lo hizo a todas las comunidades sin incidir especialmente en ninguna de ellas porque desconocía dónde se distribuía Rigenera. Por tanto, cada comunidad debía buscar y Cataluña tendría que haberlo encontrado, puesto que la empresa distribuidora Danbel está radicada en su territorio.

Sin embargo, la empresa asegura que nadie les avisó hasta hace unos días, cuando la OCU lo denunció, pero ellos tampoco habían informado a la Agencia del Medicamento de que ponían en el mercado español dicha crema. "No sabíamos que teníamos que hacerlo, al tratarse de un producto de la Comunidad Europea...", admite el gerente de Danbel, Juan Sol. "Ahora", explica, "el Ministerio de Sanidad ha tomado muestras para llevarlas al laboratorio". Se trata de determinar si la crema contiene la sustancia prohibida o es sólo una cuestión de etiquetado erróneo. "El problema es que las cajas incluyen ese componente, pero desde 2005 no se usa. Lo que pasa es que habrían hecho miles de cajas y no habrán dejado de usarlas", explica Sol.

A la espera de los análisis, cabe la posibilidad de que la alerta haya sido injustificada por motivos de toxicidad, pero, en todo caso, se ha revelado la incapacidad de las administraciones para gestionar la retirada de los productos cuando tienen orden de hacerlo. Ahora mismo, hay algunos que se reproducen en la página de las alertas del INC que pueden encontrarse en los comercios, como esas pequeñas perlas para el baño que parecen caramelos y cuya retirada se exigió precisamente por el riesgo de asfixia que entraña entre los niños.

La Agencia Catalana de Consumo aboga por establecer un protocolo de análisis previo antes de lanzar los avisos. "El criterio para establecer las alertas es un poco laxo. No es lo mismo un error en el etiquetaje que un producto prohibido. Además son necesarios más medios", reconoce Jordi Anguera, director.

La ley prohíbe comercializar productos que tengan aspecto comestible, por eso, pequeñas velas con forma de bombón también están registradas en la página del INC. En 2008 se recibió un total de 2.693 alertas (siempre de productos no comestibles). Salvador Cassany, jefe de servicio de control farmacéutico del Departamento de Salud catalán, asegura que cuando existe un riesgo, la cadena funciona. Dice que se revisó la alerta de Rigenera pero no constaba que la empresa la vendiera en España, porque la empresa no lo comunicó a la Agencia Española del Medicamento. "Hacemos caso a todas las alertas y se gestionan con diferente intensidad en función del riesgo", añade. Sin embargo, los criterios para determinar el riesgo también son laxos. Por lo general se priorizan los de marcas muy conocidas y cuya comercialización está muy extendida o si el riesgo es grande.

Con información de Ana Pantaleoni, Elena G. Sevillano, Meritxel Turó y Cristina Vázquez.

Escaparate de una perfumería en Barcelona.
Escaparate de una perfumería en Barcelona.JORDI ROVIRALTA

El tonto del bote

¿A quién se le ocurre vender un producto perfectamente legal e incluir entre su lista de componentes una sustancia prohibida? Los expertos de las oficinas de consumo saben que en el caso de los cosméticos, a veces el coste del bote es muy superior al de la crema, y entienden que la empresa quiera rentabilizar esos botes. El consumidor bien podría sentirse como un tonto del bote. Algo parecido ha ocurrido con el caso de Rigenera, aunque la empresa dice que se trata de la caja.

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Sobre la firma

Carmen Morán Breña
Trabaja en EL PAÍS desde 1997 donde ha sido jefa de sección en Sociedad, Nacional y Cultura. Ha tratado a fondo temas de educación, asuntos sociales e igualdad. Ahora se desempeña como reportera en México.

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