Archivada por defecto de forma una demanda por el apagón de julio
Carpetazo judicial a la única demanda global que había en los tribunales por el apagón del pasado mes de julio. El Juzgado de Primera Instancia número 22 de Barcelona considera que existe un defecto de forma en la demanda que planteó la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) y por ese motivo acuerda su archivo.
La juez Emilia Puga entiende que antes de presentar la demanda se debió contactar con todos los perjudicados y que la OCU no lo hizo. Además asegura que la OCU carece de legitimación para presentar esa demanda, porque se trata de una acción colectiva en la que se puede identificar claramente a los perjudicados y no de "intereses difusos". Es más, la juez va más allá y en el auto de archivo afirma que la demanda nunca debió admitirse a trámite por ese defecto formal, en contra de lo que hizo el juez que la precedió.
Cuando se recibió la demanda, aquel magistrado insertó un anuncio en cinco periódicos de Barcelona y suspendió durante dos meses la tramitación del procedimiento judicial para que todos los perjudicados pudieran comparecer en el juzgado. Ahora se ha sabido, porque lo recuerda la juez, que ninguno de ellos acudió a ese llamamiento.
El caso demuestra que las cuestiones formales, que pueden parecer banales en otros ámbitos, resultan determinantes durante la tramitación de un procedimiento judicial. Eso lo saben muy bien los abogados de las compañías de suministro afectadas por numerosas reclamaciones, que en todo momento buscan los subterfugios legales para defender sus intereses.
Y eso es lo que ha ocurrido en este caso con los abogados de Endesa y Red Eléctrica Española -las dos sociedades demandadas-, que han invocado la Ley de Enjuiciamiento Civil. La OCU anunciaba en la demanda que en el momento procesal oportuno solicitaría de la compañía eléctrica que se identificase a los perjudicados. Pero no se hizo y, por tanto, se incumplió un requisito legal, pues, además, los afectados se podían haber localizado sin ninguna dificultad.
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