El Tribunal Superior revoca una sentencia que se basaba en un decreto de guerra de 1938
Las normas legales dictadas por el fascismo durante la Guerra Civil no pueden aplicarse en democracia. El Juzgado de lo Social número 19 de Barcelona no lo interpretó así y el pasado mes de abril dio la razón a los trabajadores en un conflicto colectivo argumentando unas leyes de 1938, pero aquella sentencia ha sido revocada ahora por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC). "Es evidente que las circunstancias han cambiado", dice el magistrado Félix Azón, ponente de la sentencia, antes de recordar que el decreto lo dictaron "quienes se alzaron contra la legalidad vigente" y "se pretende" aplicarlo ahora, en un régimen de libertades. La resolución desmenuza que aquella "norma de guerra" está repleta de elementos contrarios a la Constitución vigente, alude al llamado Sindicato Vertical y considera que "rezuma una actitud paternalista por parte de quien la impone".
Por eso, el TSJC niega a los 170 trabajadores de la empresa Comsa el derecho a disfrutar de "un servicio de comedor a un precio módico" que les reconoció el juzgado basándose en el decreto de 8 de junio de 1938 sobre establecimiento de comedores en las empresas, desarrollado después por una orden de 30 de junio de aquel mismo año.
El TSJC recuerda que aquellas normas también vulneran la libertad sindical y la libertad de empresa y que, en síntesis, "no contienen ningún precepto que pueda ser aplicado desde la óptica de los principios constitucionales". Admite el tribunal que otros colegas no piensan como ellos y han aplicado esa norma, pero el TSJC insiste en que "un decreto de guerra no puede ser aplicado en una situación de paz y democracia".
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