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El Tribunal de Derechos Humanos se pronunciará en una demanda contra el Santander

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos se pronunciará sobre el caso que enfrenta a un comerciante de Leioa con el Santander Central Hispano por un crédito considerado "irregular" por varias sentencias. El afectado llevó el caso hace un año a la Corte de Estrasburgo al considerar que la justicia española le había dejado en un estado de "indefensión total". La demanda ha pasado ya los dos filtros que tiene el tribunal, al ser admitida, primero, por el ponente que la estudió y, posteriormente, por un comité de tres jueces. La sala correspondiente debe emitir ahora una sentencia que, si se convierte en definitiva, será vinculante para la Administración española.

El asunto se remonta a 1990 y hasta ahora el Banco Santander ha recibido sentencias adversas del Tribunal Supremo, la Audiencia de Bilbao y dos jueces. Pese a ello, el afectado, Arturo Escartín, no puede suscribir préstamos con ninguna entidad al mantenerle el banco como persona "en quiebra", lo que le ha llevado a una situación económica delicada. Escartín pidió ese año al Santander una cuenta de crédito, fórmula en que, a diferencia del préstamo tradicional, el cliente dispone del dinero según sus necesidades, por lo que al principio sólo se pagan los intereses.

Los problemas surgieron en 1993, cuando el comerciante vio que las cuotas eran superiores a lo estipulado y, al pedir copia de las escrituras, comprobó que en ellas se hablaba de manera indistinta de préstamo, cuenta de crédito o crédito.

Moroso

En un principio la entidad achacó las cuotas a un error informático, pero luego llevó el asunto a los tribunales tras inscribir al comerciante (que tras abonar 34 cuotas mensuales había dejado de pagar por esas anomalías) en el servicio de control de morosidad de las entidades bancarias españolas, la ASNEF. Dos jueces certificaron las irregularidades en las cuotas y escrituras de la cuenta de crédito, por incluir "cláusulas incompatibles". La Audiencia de Bilbao volvió a dar la razón al comerciante en 1999 y calificó la actuación del Santander como "un auténtico despropósito de principio a fin, impropio desde luego de un banco de esa importancia".

Sentenció la Audiencia que el cliente debía pagar al banco más de 15.000 euros -la cantidad dispuesta por el comerciante fue de casi 70.000 euros- y los intereses de un año. Arturo Escartín se mostró en desacuerdo con el abono de esta cantidad y recurrió al Tribunal Supremo (el Santander no lo hizo), que en 2005 confirmó la sentencia de la Audiencia sobre las irregularidades cometidas por el banco, pero manteniendo el pago de los 15.000 euros.

La Sección Quinta de Tribunal de la UE, en un escrito fechado el pasado 10 de abril, dice que el caso será "sometido a examen tan pronto como sea posible". El Santander no ha querido hasta ahora dar su versión.

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