Respeto a la modalidad lingüística
No hay duda del papel relevante que desempeñan los medios de comunicación en la difusión y el afianzamiento de los valores culturales. Por eso es un acierto que el Estatuto de Andalucía contenga un artículo, como el 213, sobre el "reconocimiento y uso de la modalidad lingüística andaluza", dentro del Título VIII (Medios de Comunicación Social). Ahora bien, este artículo no es más que un punto de partida genérico, que ha de ser interpretado adecuadamente en el desarrollo práctico posterior que se haga de él, porque de lo contrario corremos el riesgo de que se quede en algo impreciso e ineficaz.
El "reconocimiento" implica admitir que algo existe, dar cuenta de ello, examinar su identidad, considerarlo legítimo y admitirlo como válido. Los medios deben afianzar la conciencia de que la modalidad andaluza, con todas sus variedades, es una forma hablada la lengua española que merece respeto y consideración, y deben evitar expresiones y actitudes que sean discriminatorias, vejatorias o vayan en contra de la dignidad de los andaluces por causa de nuestra modalidad lingüística.
El "uso", por su parte, implica la necesidad, para los medios audiovisuales, de disponer de un conjunto de normas, definidas pero flexibles, que permitan potenciar el empleo público del andaluz en sus distintos registros cultos. Ésta es una tarea en la que ya se han dado algunos pasos y tenemos que seguir avanzando, porque es posible que un andaluz culto, de cualquier procedencia geográfica, pueda expresarse con nitidez, corrección y eficacia comunicativa, sin verse obligado por ello a perder rasgos de identidad lingüística propia.
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