El juez archiva una querella por sedación en Leganés y critica el acoso al médico
El auto subraya la "falta absoluta de indicios" de mala práctica del doctor
El Juzgado de Instrucción número 3 de Leganés ha archivado de nuevo la primera querella presentada contra un médico del hospital de Leganés acusado de haber causado la muerte a un paciente con una sedación terminal. El juez, que ha revisado los informes de los peritos aportados por la acusación, no sólo se ratifica en el archivo, sino que lo hace de forma contundente: subraya la "falta absoluta de indicios" de mala práctica del doctor y además censura la "pena de banquillo [reiteración de denuncias y recursos] que sufre el querellado".
El juez José María Escribano Lacleriga ha vuelto a estudiar la muerte de Cándido P. I., de 78 años, carpintero jubilado fallecido en el Severo Ochoa en octubre de 2003 por un agravamiento de la enfermedad obstructiva crónica (EPOC) que sufría.
La familia, apoyada por la Asociación de Víctimas de Negligencias Sanitarias (Avinesa), había acusado al médico de causar injustificadamente la muerte del enfermo, que "había entrado casi andando al hospital y salió muerto", según declararon al presentar la querella.
La familia recibió el apoyo tácito de la Consejería de Sanidad de Madrid, cuyo titular es Manuel Lamela, que señaló la sedación recibida por Cándido P. I. como una de las irregulares aplicadas en Leganés. La Comisión Lamela, un grupo de expertos nombrados por el consejero, consideró que el fallecido había recibido dosis excesivas de sedantes.
El juez, sin embargo, decretó el pasado febrero el cierre del caso al considerar que la actuación del médico había sido correcta en todo momento. La familia recurrió porque el magistrado no había llamado a declarar a un perito aportado por la acusación y la Audiencia Provincial de Madrid ordenó reabrir el caso.
Ahora, el juez ha decidido volverlo a archivar y el auto es muy contundente: "De los informes periciales se deduce que el imputado obró conforme a la lex artis [buena práctica médica]", sostiene el magistrado. Éste añade que el enfermo ingresó en el hospital en "grado funcional muy negativo" y que, tras ser atendido y recibir los tratamientos adecuados, "entró en una fase de angustia extrema por fatiga e hipoxemia severa (muerte inminente)".
"En estas circunstancias", sigue el auto, "está indicada la sedación para controlar los síntomas y siendo midazolam uno de los fármacos más utilizados para las sedaciones se desprende que no hubo negligencia ni en el tratamiento, ni en la sedación, ni en los fármacos utilizados".
La familia había denunciado, apoyada en un informe médico de parte, que el uso del midazolam está contraindicado en pacientes con EPOC y que, al no haberle aplicado respiración mecánica, el médico podría haber causado la muerte del paciente. Este informe contradecía otro presentado por la defensa, que aseguraba que al enfermo le habían sido aplicadas todas las atenciones necesarias, incluida la respiración mecánica, y que el midazolam sí estaba indicado.
Apoyándose en los informes disponibles, el juez considera que hay una "falta absoluta de indicios" de mala práctica médica. Pero va más allá: subraya que archiva la querella para "no prolongar la llamada 'pena de banquillo' [perjuicios que sufre una persona al verse reiteradamente denunciada y acusada de haber cometido un delito] que sufre el querellado". El abogado de la familia y Avinesa, Rafael Martín Bueno, anunció ayer que recurrirá el auto.
El caso de Cándido P. I. no está incluido entre las 15 sedaciones que investiga otro juzgado de Leganés tras una denuncia presentada por el consejero Manuel Lamela. Ocho jueces, entre ellos el ahora absuelto, prestan declaración durante esta y la próxima semana. Los juzgados de Leganés también tramitan otras dos querellas presentadas por sendas familias de fallecidos en el hospital.
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