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Tribuna:SUBMARINOS NUCLEARES EN GIBRALTAR
Tribuna
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Un acuerdo insuficiente

De forma simultánea, dos noticias recientes han coincidido en relación con la presencia de buques de propulsión nuclear en aguas de la Bahía de Algeciras cuyo resultado coincidente es poner de manifiesto los enormes riesgos a los que se enfrentan los casi trescientos mil habitantes de todo el arco de la Bahía, de uno y otro lado de la Verja.

El mismo día que el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas desestimaba el recurso contra el Reino Unido por la falta de información a la población de las medidas de protección en caso de emergencia radiológica cuando se procedió a la reparación del submarino Tireless en Gibraltar (asunto C-65/04), el Ministerio de Asuntos Exteriores español anunciaba que se han obtenido garantías escritas de que no se volverá a reproducir la situación del submarino Tireless. Sencillamente, esto no es del todo cierto.

Anunciado como un gran logro de la política exterior española por distintos representantes del Gobierno, la lectura detallada de los documentos genera primero sorpresa, para después producir desasosiego e inquietud entre la población del Campo de Gibraltar.

La llegada del submarino de propulsión nuclear HMS Tireless a Gibraltar el 18 de mayo de 2000 con una avería derivada de una fuga del circuito primario de refrigeración del reactor y su presencia casi un año en la base británica para su reparación provocó una movilización social sin precedentes en la zona al evidenciarse los riesgos que se derivaban de tal circunstancia. Las diferentes maniobras políticas de los gobiernos británicos y español en relación con tal episodio dejaron un profundo poso de abandono e inseguridad entre la población. Carentes de información en un principio, sin planes conjuntos de seguridad y emergencia ante posibles emergencias radiológicas, la movilización social y las reivindicaciones de los grupos ecologistas consiguieron por una parte, que la Comisión europea iniciara un procedimiento de infracción contra el Reino Unido y por otra, que España incorporase a la agenda negociadora sobre Gibraltar la exigencia de no reparación de submarinos nucleares en la base. Así, en mayo de 2001, el ministro Piqué anunció que su homólogo británico, Cook se había comprometido oralmente con él a que no se efectuarían más reparaciones nucleares de submarinos en el puerto de la colonia británica. La plasmación por escrito de tal compromiso se ha planteado en el Foro Tripartito de Diálogo como condición previa al planteamiento de otros temas como el uso conjunto del aeropuerto o las pensiones.

En el acuerdo hispano británico recientemente alcanzado no se plasma por escrito el anuncio que hizo en su día el Ministro Cook a Piqué. Lo sorprendente es que España lo considere suficiente y "agradece el compromiso del Gobierno británico en esta cuestión". La Declaración del Gobierno británico es un texto genérico, bienintencionadamente ambiguo, respecto a operaciones de navíos de guerra de propulsión nuclear en puertos extranjeros (sin mención alguna a Gibraltar), sin compromisos específicos, del que claramente se deduce que en caso de necesidad se utilizará la base de Gibraltar para reparación de buques nucleares. Es cierto que hay aspectos positivos, no en la Declaración, sino en la carta adjunta del ministro inglés, básicamente, el compromiso de la no existencia de instalaciones permanentes y el establecimiento de cauces de comunicación y colaboración entre administraciones, pero en definitiva, al no garantizar que no se arreglarán en el futuro buques nucleares en Gibraltar, la propuesta debería ser considerada como insuficiente en aras de la defensa de la salud de los campogibraltareños y la protección del medioambiente de la zona.

Todo ello adquiere mayor relevancia cuando el Tribunal de Justicia de la Comunidades ha resuelto en su reciente sentencia de 9 de marzo de 2006 que la energía nuclear para usos militares está excluida del ámbito de aplicación de las normas europeas derivadas del tratado EURATOM, incluyendo las de protección de la población y emergencia radiológica. Dicho fallo era, en cierto modo, esperable ya que el Tribunal se había pronunciado previamente en ese sentido (sentencia de 12 de abril de 2005) pero, precisamente por ello, causa mayor inquietud al quedar los navíos de guerra de propulsión nuclear fuera de mecanismos europeos de control adquiriendo, en consecuencia, los Estados la posición de garantes de los estándares de seguridad.

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Por todo ello, hubiera sido deseable exigir al Reino Unido un compromiso escrito sobre la no reparación de buques nucleares en la colonia de Gibraltar y no darse por satisfecho con la declaración ofrecida. El acuerdo anunciado puede servir obviamente para otros fines, pero sacrificando la seguridad de los habitantes del Campo de Gibraltar y la protección del medio ambiente frente a otros intereses.

Jesús Verdú Baeza es Profesor de Derecho Internacional Público del Centro Universitario de Algeciras (UCA) y miembro de AGADEN (promotora de la Plataforma contra el Tireless)

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