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La Audiencia de Barcelona ordena el internamiento de una anoréxica de 20 años

El tribunal atiende la petición de la familia y argumenta el riesgo de suicidio que corre la enferma

La Audiencia de Barcelona ha acordado el internamiento forzoso de una mujer de 20 años que sufre anorexia, tal y como reclamaba su familia. Hace un año, otro juzgado de Badalona consideró que el estado psíquico y de salud de la mujer no justificaban la medida, pero ahora los jueces entienden que R. S. D. sufre una "enfermedad psíquica real" de la que no tiene conciencia y que, por tanto, impide su tratamiento. Los jueces también recuerdan el riesgo de suicidio que sufre la joven si no se la interna, tal y como alertó el forense que reconoció a la mujer hace un mes.

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R. S. D., tiene ahora 20 años, mide 1,70 kilos y pesa 43 kilos. Meses atrás su peso fue muy inferior, pero de un tiempo a esta parte la familia se ocupa de ella de manera permanente, sobre todo desde que protagonizó el último intento de suicidio. Sus hermanas María del Valle y Ángeles, que son las que más la cuidan, explicaron ayer que R. se muestra muy agresiva desde hace unos días. La sentencia la habrá de ejecutar el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Badalona, que denegó el internamiento el pasado mes de abril.

La familia recurrió y ahora la Sección 18 de la Audiencia de Barcelona le ha dado la razón. La resolución judicial, de la que ha sido ponente el magistrado Enric Alavedra, considera que la juez que denegó el internamiento sólo valoró el informe forense que ella encargó y no consideró otros dos diagnósticos médicos que aportó la familia. Uno de ellos lo emitió el servicio de Psiquiatría del Hospital de Sant Pau y en él se le diagnosticaba a la mujer una anorexia nerviosa y se aludía a que había sufrido un intento de suicidio. En otro, elaborado por el servicio de urgencias de Bellvitge, se recomendaba acelerar el internamiento forzoso para adelantar el tratamiento.

Además, el tribunal recuerda que en el último reconocimiento forense que se le realizó antes de resolver el caso, el médico diagnosticó que la mujer "precisa de tutelaje en cuanto a necesidad de tratamiento psiquiátrico" y apreció que tenía una incapacidad para reconocer la enfermedad que padece (anosognosia).

La Audiencia Provincial de Barcelona explica en su auto que acuerda el internamiento "en el interés y beneficio" de la joven. El tribunal reconoce que se trata de una decisión "que si bien ahora no puede comprender [la afectada], tras el necesario tratamiento y rehabilitación, en su mejora podrá entender, apreciar y valorar la correcta lucha de su familia para su curación y bienestar".

Una portavoz de la Asociación en Defensa de la Atención a la Anorexia Nerviosa y Bulimia (Adaner) recordó ayer que la decisión judicial para ingresar en centros sanitarios a personas que sufren anorexia es una práctica habitual. "No importa que sean mayores de edad. La enfermedad les impide responsabilizarse de su estado", dijo, informa Emilio de Benito.

El tribunal reconoce que se trata de una forma de "detención regular de un enajenado" prevista en el Convenio Europeo de Derechos Humanos y ampara por el Tribunal Constitucional. Una medida, dicen los jueces de Barcelona, que se adopta "en beneficio tanto de quien lo padece como de la sociedad en su conjunto" si se dan unas condiciones, de las que no hay ninguna duda que reúne la afectada.

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