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MATERNIDAD | Ley de Igualdad

Nuevo subsidio por parto

La ley reconoce un nuevo subsidio para las mujeres después del parto. Se trata de un monto del 80% del salario mínimo (512 euros) para las trabajadoras que no reúnan el periodo de cotización mínima para la prestación por maternidad. Este periodo ha pasado de ser de 180 días trabajados y cotizados en cinco años, a ese mismo número de días, pero en siete años. El nuevo subsidio para mujeres que no hayan alcanzado ese mínimo temporal asciende a 409,6 euros y podrá ser percibido durante 42 días naturales desde el parto. El derecho a la prestación por maternidad también corresponde a aquellas trabajadoras que hayan cotizado durante un año seguido a lo largo de su vida laboral.

Otra novedad es que los dos primeros años de excedencia por cuidado del hijo, y el primer año por cuidado de otros familiares, se considerarán tiempo cotizado a efectos de futuras pensiones. Asimismo, cuando la mujer pida una reducción de jornada para cuidar al hijo o a familiares, a efectos de cotización se considerará que esta jornada como completa.

Finalmente, el permiso de paternidad y el subsidio de maternidad se reconocen también a los trabajadores autónomos. En los contratos de formación se incluye desde ahora el permiso de paternidad.

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