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La Sala Penal del Supremo fija los criterios para la recogida del ADN

La Sala Penal del Tribunal Supremo se reunió ayer en sala general para establecer los criterios con los que la recogida del ADN puede constituir una prueba válida. La cuestión se suscitó a raíz de la recogida de material genético del etarra Orkatz Gallastegi procedente de un esputo que arrojó al suelo de su celda cuando se encontraba en prisión y que fue recogido por un policía.

Con esa misma muestra de ADN, la Sala Penal del Tribunal Supremo llegó a dos conclusiones distintas: en abril de 2005, Gallastegi fue absuelto al considerar la Sala que la prueba no era válida, porque en la recogida de la muestra no había intervenido un juez.

En noviembre del mismo año, el etarra fue condenado al entender otra sección de la misma Sala Penal que la recogida fue válida porque no se invadió la intimidad de la persona.

Según fuentes del Tribunal Supremo, la solución establecida ayer fue que la policía puede recoger ese tipo de muestras si son "espontáneas y ocasionales, no suponen invasión del cuerpo del examinado, son analizadas en sus laboratorios y puestas en conocimiento del juez"; es decir, la tesis seguida en la condena a Gallastegi. En cambio, para la obtención de ADN que suponga invasión corporal -incluso un cabello- es precisa la intervención judicial.

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