Federalismo fiscal
Con Estatuto catalán o sin él, era necesario reducir la manifiesta asimetría existente en España desde hace años: una descentralización política profunda, propia de un Estado federal, y una estructura tributaria más bien centralista, en permanente transición, resultado de las presiones negociadoras que los partidos nacionalistas habían ido ejerciendo al socaire de los apoyos electorales prestados al PSOE o al PP. El sistema de financiación reclamaba desde hacía tiempo una mayor corresponsabilidad de los gobiernos regionales. Todo ello, sin poner en cuestión un principio básico, incluso en los sistemas más consecuentemente federales: la solidaridad y la estrecha coordinación entre las instancias estatales y regionales.
El acuerdo alcanzado para la reforma del proyecto de Estatuto catalán, en la medida en que se extienda a todas las comunidades autónomas, satisface esas exigencias. Los principios en los que se asienta (artículo 202.4) son correctos: la financiación de la Generalitat no debe implicar discriminación para la Generalitat ni para el resto de las comunidades autónomas. Es una muy buena premisa que supone la aceptación de la solidaridad como eje básico del esquema de financiación.
El sistema definido se aleja claramente del concierto vasco o del convenio navarro. Las competencias financieras aparecen más explícitamente reconocidas, pero no son de naturaleza distinta a las que se presumían en el esquema hasta ahora vigente. La mayor aproximación entre asignación de recursos tributarios procedentes del IRPF, el IVA y la mayoría de los impuestos especiales (los considerados recursos propios) y el nivel de sus gastos es razonable, como lo es que se extienda a todas las comunidades. Es cierto que a partir de este esquema, al disponer de menor peso las transferencias provenientes del Estado, las comunidades tendrán que decidir sobre eventuales aumentos de la presión fiscal a través de los tributos cedidos si quieren gastar más. La solidaridad, la participación en la nivelación, se reconoce explícitamente. Su existencia, sin embargo, debe ser compatible con incentivos a recaudar, a prosperar, por parte de los gobiernos de las comunidades autónomas.
El carácter integrador del proyecto se manifiesta igualmente en el abandono de cualquier bilateralismo excluyente. El Consejo de Política Fiscal y Financiera sigue siendo el principal órgano consultivo del Estado en materia de coordinación de política fiscal.
El gradualismo es otro de los principios que se deducen del acuerdo. Es sensato anteponer el rodaje eficaz a las prisas. La actual gestión económica y financiera de la Generalitat ha dado muestras de buen sentido, al tiempo que ha priorizado claramente el saneamiento de las finanzas públicas. Si se mantiene el acuerdo alcanzado, se habrá eliminado esa suerte de provisionalidad a la que le exponía un sistema insatisfactorio para todos. La estabilidad en las relaciones financieras podrá también eliminar el riesgo en las propias relaciones de los agentes económicos catalanes con el resto de España. Y al conjunto de España, beneficiarse de la locomotora catalana.
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