El 'caso Egüés' no será juzgado por un jurado
El denominado caso Egüés no será juzgado por un tribunal popular. La instrucción de la trama de corrupción urbanística en la que están procesados varios ex cargos públicos de UPN seguirá un procedimiento abreviado de diligencias previas. El titular del Juzgado de Aoiz ha revocado la decisión de su antecesora en el cargo, dictada en octubre de 2005, y ha aceptado el recurso presentado por la Fiscalía y las defensas de cuatro de los imputados.
La anterior titular del Juzgado de Aoiz decidió que fuese un jurado el competente para decidir la causa tras apreciar indicios de cohecho en la actuación del ex alcalde regionalista de Egüés, Ignacio Galipienzo.
La ley del tribunal del Jurado reconoce las competencias del tribunal para juzgar el cohecho. No obstante, el juez actual, que sustituyó a la magistrada a finales de 2005, matiza que en el proceso se están imputando al mismo tiempo varios presuntos delitos de prevaricación y, tras analizar sus circunstancias, concluye que el jurado "en ningún caso" puede juzgar por conexión el delito de prevaricación, con lo que queda excluida expresamente la posibilidad de seguir el procedimiento del jurado.
El juez debe ahora concretar las acusaciones contra los imputados, un total de diez personas, entre las que se encuentran el ex alcalde de UPN en Egüés, Ignacio Galipienzo, y su esposa, Eva Iglesias; el ex director general de Industria del Gobierno navarro, Emilio Izquierdo; la arquitecta municipal de Egüés y el gerente del consistorio, así como diversos empresarios inmobiliarios que participaron en la compraventa de un solar escolar con la pretensión de edificar un apartotel. De momento el juzgado ha decidido continuar la instrucción contra todos ellos, sin perjuicio de que en el momento en que se acabe la instrucción decida qué personas continúan o no imputadas.
La comisión del Parlamento navarro que investigó las responsabilidades políticas del caso dictaminó el pasado noviembre en sus conclusiones que Galipienzo actuó al margen del partido.
El juzgado considera que UPN y Aralar podrán personarse en la causa como acusaciones populares tras presentar las oportunas querellas. El juzgado aceptó en diciembre la personación en la causa del Ayuntamiento del valle de Egüés como acusación particular al haber resultado perjudicado por las actuaciones investigadas en la causa.
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