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Sanidad regula los tatuajes y obliga a los menores a tener el permiso paterno

El Gobierno aprobó en su reunión de ayer un decreto que regula las prácticas de tatuaje, la micropigmentación y el piercing. El texto, elaborado por el Departamento de Sanidad, establece los requisitos mínimos y las normas de carácter higiénico y sanitario que tienen que cumplir los locales y las personas que se dedican a esta actividad. El decreto establece que los menores de 18 años deben obtener el consentimiento escrito de sus padres o de sus representantes legales para someterse a cualquiera de estas prácticas.

El País Vasco cuenta actualmente con 77 establecimientos dedicados en exclusiva a realizar tatuajes, piercing u otras actividades similares de adorno corporal, según indicó el titular de Sanidad, Gabriel Inclán. El decreto establece la prohibición de realizar estas técnicas en puestos ambulantes, mercadillos y similares. Los locales donde se lleven a cabo deben disponer de un área diferenciada del área de trabajo, una zona de preparación del material y un aseo.

La formación de las personas dedicadas a estas actividades ocupa un apartado destacado dentro del decreto, que les impone un curso de formación con un mínimo de 40 horas. El objetivo es que adquieran unos determinados conocimientos en materia de protección sanitaria "tanto hacia sí mismos como hacia los usuarios" del servicio, explicó el consejero. Quedan exentos de esta obligación los licenciados en Medicina y Farmacia, diplomados en Enfermería, técnicos superiores en estética y profesionales con cualificación en maquillaje integral. Los cursos serán impartidos por entidades o centros con los que el Departamento de Sanidad haya suscrito previamente un convenio de colaboración, lo que le permitirá supervisar la formación.

El control de los locales y la concesión de las licencias para que funcionen corresponderá a los ayuntamientos, pero es preceptivo y vinculante el informe de Sanidad asegurando que se dan todas las condiciones higiénicas.

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