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La Junta acuerda multas de 600 euros a los que beban en la calle

La Junta prohibirá el consumo de comidas o bebidas en la vía pública, exceptuando el que se produzca en fiestas populares, ferias o verbenas y en lugares establecidos para ello -como bares o terrazas-, y permitirá a los ayuntamientos multar a aquellas personas que incumplan la futura ley, con sanciones que llegarán hasta los 600 euros.

Sólo los gobiernos locales podrán permitir el consumo, en todo su término municipal o en determinadas zonas, pero para ello tendrán que elaborar las correspondientes ordenanzas.

En rueda de prensa, tras la reunión de la Mesa de Concertación Local, la consejera de Gobernación, Evangelina Naranjo, y el presidente de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP), Francisco Toscano, anunciaron que la comisión de técnicos de las administraciones locales, autonómica y central, que estudian desde el pasado 6 de septiembre la propuesta de la Junta autonómica para regular los efectos negativos del botellón, ha aprobado el texto realizando "mínimos" cambios.

Ahora comienza la tramitación legal de este borrador, que pasará por el Consejo de Gobierno y acabará convirtiéndose en ley. En concreto, la futura norma prohibirá "la concentración de personas consumiendo bebidas o comidas en la vía pública en zonas distintas a las establecidas por los ayuntamientos".

Entrada en vigor

Así, serán los consistorios los que podrán permitir beber en la calle. La titular del ramo confió en que la futura norma entre en vigor "lo antes posible" y en que pueda ser "consensuada" con todas las fuerzas políticas.

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En el texto, se contemplan multas que van desde los 600 hasta los 600.000 euros para los infractores, recayendo las sanciones leves -600 euros como máximo- en los ciudadanos particulares, y las muy graves -de 30.001 a 600.000 euros- en los establecimientos de ocio y hostelería que fueran infractores reincidentes o que produjesen situaciones de grave riesgo para los bienes, la seguridad e integridad física de las personas o la salud pública.

Naranjo explicó que en caso de que un consistorio no elabore las ordenanzas necesarias para desarrollar la ley autonómica, eso significará que no permite el consumo en la vía pública, por lo que será ilegal realizar botellones en su término municipal.

Otra opción será que un gobierno local decida permitir el consumo en toda la localidad o en determinadas zonas. La normativa también afectará a los empresarios, ya que prohíbe el aprovisionamiento de bebidas para su consumo mediante encargos realizados por vía telefónica o mensajería; y la entrega o dispensación de bebidas alcohólicas por parte de los establecimientos comerciales fuera del horario establecido para ello. Asimismo, los establecimientos de hostelería no podrán dispensar bebidas alcohólicas para su consumo fuera del local o de las zonas anexas autorizadas.

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