Las medidas penales y los juzgados especializados llegarán en junio
La Ley Integral contra la Violencia de Género da sus primeros pasos, pero sólo a medias, ya que más de la mitad de su articulado no se aplicará hasta junio. Y no se trata de medidas de pequeño calado, sino las referidas a los juzgados de violencia de género y al endurecimiento de las penas.
Este último aspecto es el que ha provocado mayores críticas, sobre todo el que agrava las penas a los hombres frente a las mujeres en los casos en que incurran en maltrato, lesiones, amenazas y coacciones. Ese tratamiento penal sexista le propició al Gobierno las críticas del Consejo de Estado y también del Consejo General del Poder Judicial, además de provocar la crítica del Partido Popular durante la tramitación parlamentaria. El Gobierno decidió finalmente modificar la formulación para extender el agravamiento de penas a quienes (sin distinción de sexo) maltraten a personas "especialmente vulnerables". Mediante esta enmienda, logró que la ley fuese aprobada por unanimidad.
La discriminación positiva, con todo, se mantiene, y así, la reforma del Código Penal contempla, por ejemplo, castigar las lesiones con penas de entre dos y cuatro años de cárcel si el agresor es hombre. En el mismo supuesto, pero cuando sea la mujer la maltratadora, se le impondrán penas de entre seis meses y tres años de prisión. En las coacciones leves, si éstas provienen de un hombre, se considera delito; si es la mujer quien las ejerciera, se castigará como falta.
También tendrá que esperar al verano la implantación de los juzgados especializados, que se encargarán de causas civiles y penales derivadas del maltrato. En principio habrá 16:
Andalucía (3), Baleares (1), Canarias (2), Cataluña (2), Valenciana (2), Madrid (2), Murcia (1) y País Vasco (3). Posteriormente se adscribirá gradualmente un juzgado de cada partido judicial a este asunto.
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