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Confirmada la indemnización al compañero sentimental de un fallecido

La Audiencia de Sevilla ha emitido una sentencia por la cual que condena a una aseguradora a indemnizar, en calidad de cónyuge, al compañero sentimental de un hombre que murió en un accidente de tráfico, en lugar de apoyar el criterio de la empresa de entregar la indemnización a la madre del fallecido.

El accidente ocurrió en junio de 2000 en la N-630 Sevilla-Oviedo, conocida como Ruta de la Plata, en un choque que se produjo en cadena entre varios vehículos, en el que falleció la pareja del demandante, que también resultó herido.

Este último aportó al juicio documentación que demostraba que ambos llevaban seis años de convivencia, por lo que habían comprado una vivienda en común, y figuraban empadronados en el mismo domicilio. De ahí que el superviviente optase en consecuencia por reclamar a la aseguradora una indemnización como pareja de hecho del fallecido.

No obstante, la compañía aseguradora, Mapfre, apeló a la Ley de Responsabilidad Civil y de Circulación de Vehículos para reconocer sólo a las parejas de hecho heterosexuales, por lo que eligió entregar una indemnización a la madre del fallecido.

Fuentes del caso indicaron ayer que las indemnizaciones para los padres son sensiblemente inferiores a las establecidas para el cónyuge, que en este caso reclamó 93.912 euros que le fueron reconocidos por él Juzgado de Instrucción número 13 de Sevilla.

Equivalencia

Ahora la Sección Séptima de la Audiencia sevillana ha confirmado esa resolución, en la que la juez entendía que debía realizarse una asimilación entre pareja de hecho heterosexual y homosexual, dado que en ambas las consecuencias de un fallecimiento "son equivalentes", pues lo contrario "sería discriminatorio".

Ante la confirmación de la Audiencia de Sevilla, la Federación Española de Lesbianas, Gays, Bixexuales y Transexuales COLEGAS se manifestó ayer "plenamente satisfecha", y resaltó que se trata de la primera sentencia confirmada que reconoce las relaciones gays como análogas a las heterosexuales en el tema de los seguros.

"Esperamos que sentencias de este tipo sentarán jurisprudencia ante otros casos similares actualmente en los tribunales", expresó ayer en un comunicado COLEGAS.

"Desde la federación vemos cómo se ha hecho justicia y cómo los tribunales van reconociendo nuestros derechos ante la inexistencia de una legislación nacional sobre estos temas", añade COLEGAS. "Esperamos no obstante que en breve no haya que ir a los tribunales para que se nos vean reconocidas nuestras reivindicaciones de igualdad y justicia", señala el comunicado de la federación.

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