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Un nuevo recurso amenaza a las farmacias abiertas en Navarra tras la liberalización

Navarra fue la primera comunidad española en liberalizar el sector farmacéutico. Ello permitió la apertura de más de doscientas nuevas oficinas de farmacia por toda la geografía foral, al margen del férreo control que sobre el sector poseía el colegio oficial. Sin embargo, la ley del año 2000 impulsada por el entonces consejero navarro de Salud Santiago Cervera fue recurrida en abril de 2003 ante el Tribunal Constitucional (TC) por tres de sus artículos y ahora el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha abierto un plazo de diez días para estudiar la posibilidad de plantear ante el Alto Tribunal una nueva cuestión (consulta) de inconstitucionalidad por otros tres preceptos de la misma norma.

El TC aún no se ha pronunciado sobre la admisión a trámite del primer recurso, uno de los 160 promovidos a título individual por los farmacéuticos asentados contra la liberalización del sector, y ya se plantea una segunda consulta sobre el polémico texto. La ley de liberalización fue duramente combatida por el Colegio de Farmacéuticos y firmemente defendida por los jóvenes profesionales que carecían de toda oportunidad para abrir sus negocios.

Colisión de normas

Unión del Pueblo Navarro (UPN) impulsó la norma, el Parlamento navarro la refrendó y la comunidad autónoma cubrió primero una red básica de farmacias y, a partir de ahí, se crearon nuevos establecimientos en numerosas localidades. En la primavera de 2003, el Tribunal Superior de Justicia, al estudiar los recursos presentados por los farmaceúticos asentados, consideró que la ley foral vulneraba la competencia estatal sobre planificación de farmacia y elevó una cuestión de constitucionalidad al TC.

Navarra limita la apertura de farmacias a una por cada 700 habitantes y establece una separación mínima de 150 metros entre ellas, mientras que la ley estatal de 1997 consolida el módulo de población máxima como único criterio, una divergencia, la de la libertad de apertura, que no puede reconocerse con el sistema establecido, según la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJ de Navarra.

Ahora, la misma Sala plantea recurrir el sistema individualizado de conciertos con las farmacias impuesto desde el Departamento de Salud con la ley de 2000, al estimar que puede vulnerar el artículo 140 de la Constitución que establece la competencia exclusiva del Estado en la legislación básica y el régimen económico de la Seguridad Social. La ley básica del Estado señala que la Seguridad Social concertará con laboratorios y farmacias, a través de sus representantes corporativos y sindicales, los precios y demás circunstancias de la adquisición y dispensación de medicamentos. Esa norma entraría en contradicción con las competencias atribuidas por la ley foral al Servicio Navarro de Salud.

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