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La ley obligará a evaluar el impacto económico de los usos del agua

Por segunda vez en cuatro años la Ley de Aguas, aprobada en 1985 por los socialistas, vuelve a modificarse. En esta ocasión, el Gobierno recurre a la Ley de Acompañamiento para incorporar la Directiva Marco europea del agua a la legislación española dentro de plazo, que expira el próximo mes de diciembre. La trasposición afecta a 20 artículos de la Ley de Aguas y a varias de sus disposiciones. Su objetivo primordial es garantizar la calidad de las aguas, tanto para el uso humano como para el resto de los seres vivos y el medio ambiente.

En una de sus disposiciones adicionales obliga a la Administración (Ministerio de Medio Ambiente) a presentar a la Comisión Europea, antes de finales del año próximo, análisis y estudios económicos sobre los distintos usos del agua. También obliga a implantar políticas de incentivos para el uso eficiente del agua, así como la contribución económica adecuada de los distintos usos, a más tardar el 31 de diciembre de 2010. Todo ello encaminado a cumplir el principio de recuperación de los costes de la gestión del agua por parte de todos los usuarios.

Demarcación hidrog ráfica

Por encima de las Confederaciones Hidrográficas, organismos que gestionan el agua por cuencas, se crea la "demarcación hidrográfica", una nueva figura que extiende su competencia sobre "la zona marítima y terrestre compuesta por una o varias cuencas hidrográficas vecinas y las aguas de transición subterráneas y costeras asociadas a dichas cuencas".

Las demarcaciones hidrográficas estarán gobernadas por una superestructura constituida por un Consejo del Agua y el Comité de Autoridades Competentes. En el caso de las cuencas compartidas con Portugal (Duero, Tajo o Guadiana) significa que formarán parte de este Comité las autoridades portuguesas. Su presidente no será el mismo que el de la confederación hidrográfica.

Cada demarcación contará con un Registro de Zonas Protegidas, entre las que se incluirán aquellas en las que se efectúan captaciones de agua de más de 10 metros cúbicos diarios para el consumo humano las que sirvan para proteger especies acuáticas significativas desde el punto de vista económico, tengan usos recreativos, o sean vulnerables. Estos registros estarán completados antes del 31 de diciembre de 2004. Como novedad, la ley refundida de aguas hace responsables a las administraciones competentes ante la UE de las sanciones que les sean imputables.

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