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Estrasburgo decide que los ruidos aéreos nocturnos no violan la vida privada

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, ha declarado que los ruidos aéreos nocturnos no violan el derecho a la vida privada. Con este fallo, que tiene eficacia en todos los países del Consejo de Europa, el tribunal responde a las denuncias de Ruth Hatton y otros siete demandantes británicos, por el ruido aéreo que se produce en los alrededores del aeropuerto de Heathrow, en Londres. La Gran Cámara, de 17 jueces, revoca así un anterior fallo condenatorio de una sala del mismo tribunal, al tomar ahora en consideración el "bienestar económico" producido.

La sentencia zanja definitivamente la demanda contra el Reino Unido de ocho residentes en las proximidades del aeropuerto de Heathrow, a quienes el Tribunal de Estrasburgo, mediante una sentencia dictada en 2001 por una sala de siete jueces, dio la razón por cinco votos a dos y condenó al Reino Unido por la violación del derecho a la vida privada reconocido en el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Ahora, la Gran Cámara del Tribunal de Estrasburgo, por 12 votos a 5, ha rectificado el fallo anterior y ha establecido que el Reino Unido no vulneró el derecho a la vida privada mediante los vuelos aéreos nocturnos denunciados, aunque sí ha violado el derecho de los demandantes a un recurso efectivo, según ha decidido por 16 votos frente a uno.

La revocación de ese fallo se fundamenta en la necesidad de alcanzar "un justo equilibrio entre los intereses de las personas que padecen el ruido nocturno y los intereses concurrentes de la sociedad en su conjunto".

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