La LOU y sus efectos
Como miembro de la Universidad, y directora del Departamento de Análisis Económico de la Universitat de València, quiero expresar públicamente mi malestar por los efectos, en mi opinión perversos, que la aplicación de la Ley Orgánica de Universidades (LOU) está produciendo.
De acuerdo con la LOU, los profesores no funcionarios deben acreditarse para poder acceder a las plazas contempladas en la nueva ley, es decir un profesor ayudante de la LRU (la anterior ley universitaria), que lógicamente pasó un concurso de méritos para ocupar dicha plaza, debe recibir una acreditación positiva de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o bien, en su caso, de la agencia local correspondiente. Dicha acreditación puede ser solicitada para acceder a distintas plazas, tales como, profesor colaborador, profesor ayudante, profesor ayudante doctor y profesor contratado doctor, en orden creciente de vinculación con la Universidad. En general, el profesor ayudante solicita la acreditación para ocupar la plaza de profesor ayudante, es decir la misma plaza que venía ocupando pero en el marco de la nueva legislación.
Desconozco la realidad a la que se enfrentan otros departamentos de nuestra Universitat, pero sí puedo informar sobre la situación actual de los profesores ayudantes de mi Departamento. Algunos de ellos han ocupado la plaza de ayudante de la LRU durante diez años, con encuestas evaluadoras de la capacidad docente positivas y por encima de la media; han realizado una tesis doctoral que ha merecido la calificación de sobresaliente cum laude y han permanecido un año en otra universidad para aumentar su formación. Además han publicado trabajos de investigación, siempre en revistas con evaluación anónima, y han asistido regularmente a congresos nacionales e internacionales. Pues bien, con todos estos antecedentes han recibido una evaluación negativa, es decir, no han sido acreditados.
Esto significa que, en el momento actual, se les niega la capacidad para seguir ocupando un puesto equivalente al que han estado ocupando los últimos ocho o diez años, ya que sin la acreditación positiva de la Agencia no pueden ser contratados. Ante esta situación, nos surgen todo tipo de dudas: estamos hablando de profesores ayudantes, que han dedicado una media de ocho o diez años a su formación y a dar clase y, sin embargo, se considera que no están preparados para ello. En todo momento han seguido las directrices de la Universitat de València y, en nuestro caso, también las propias del Departamento para obtener un buen curriculum docente e investigador.
En su exposición de motivos la LOU recoge el gran cambio experimentado por las Universidades en los últimos veinte años y reconoce el esfuerzo realizado, compartido por todos los agentes implicados en este cambio. Entre estos agentes, también se incluyen los profesores no funcionarios que en este momento solicitan su acreditación y que durante un número de años han estado dando clase y formándose.
Asimismo, la LOU establece como objetivo irrenunciable la mejora de la calidad del sistema universitario en su conjunto. Con este fin, se crea la Agencia de Evaluación de la Calidad y Acreditación, uno de cuyos fines es la evaluación del nuevo profesorado contratado por las universidades. Textualmente, en la ley se dice que: "Se introducen criterios de calidad para la contratación estable de este profesorado por parte de las universidades, dotando al procedimiento de selección de un alto nivel de transparencia y rigor mediante el requisito de la evaluación externa de la actividad previa de los candidatos".
Cabe recordar que la plaza de profesor ayudante no supone un vínculo permanente con la universidad. Para establecer este vínculo de forma permanente, dicho profesor debe, o superar las pruebas de habilitación nacional, o presentarse a los concursos de personal contratado. Hay que tener en cuenta que estamos considerando la no acreditación de personas que llevan un largo tiempo en la universidad y que simplemente tienen que adaptarse a las nuevas figuras de la LOU. Por supuesto, la evaluación externa nos parece positiva cuando se trate de profesores de nueva incorporación, siempre y cuando se garantice la transparencia y el rigor, es decir, cuando se conozcan las reglas del juego, y sean de conocimiento público los criterios y baremos que se siguen por la Agencia. En este momento, los profesores que han solicitado su acreditación saben qué criterios son los que sigue la Agencia, pero no el peso de cada uno de ellos, ya que carecen de la información necesaria para contestar a preguntas clave: ¿qué es más importante para conseguir la acreditación? ¿es necesario haber estado en una universidad extranjera durante el período de formación?
Así, surgen dudas prácticamente respecto a casi todos los puntos considerados. Si analizamos la docencia impartida, ¿existe un número mínimo de años como experiencia docente?, ¿es lo mismo haber impartido clase durante cinco años que durante diez?, ¿es relevante tener encuestas positivas de evaluación docente? Una situación similar se plantea en el ámbito de la investigación, ¿cómo se ponderan los artículos publicados? ¿qué criterio de clasificación de revistas sigue la Agencia?
Preguntas como éstas y similares no tienen respuesta ahora mismo, porque cuando la acreditación no se concede, la respuesta de la agencia es igual para todos, sean cuales sean las diferencias en los currículos de cada solicitante. La Agencia establece que la acreditación es negativa por no superar la calificación necesaria y que dicha evaluación se justifica por la inexistencia de méritos suficientes en aquellos aspectos más relevantes para la evaluación de esta figura contractual.
Por supuesto que la mejora de la calidad es un objetivo irrenunciable, pero tener que acreditarse para ocupar un puesto no consolidado y equivalente al que ya se ocupaba; al que se accedió después de superar un concurso público y de cumplir un conjunto de requisitos y donde se ha estado demostrando la capacidad docente día a día, no nos parece un camino para mejorar la calidad sino una vía de pérdida y no recuperación de personas preparadas y formadas en el marco de la LRU, y que si no son acreditadas no tienen cabida en la docencia universitaria.
Dulce Contreras es Catedrática de Fundamentos de Análisis Económico de la Universitat de València.
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