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Hacienda requiere a los bancos sus cuentas opacas desde 1998

El IRPF lo permite, pero no está aprobado

La Agencia Tributaria ha enviado a los principales bancos un requerimiento para que le remitan información sobre cuentas opacas fiscalmente, por no estar sujetas a retención. Los datos abarcan desde el año 1998, dado que es el último ejercicio no prescrito. Es una de las novedades de la nueva ley del IRPF y permite a Hacienda requerir estos datos, pero se da la circunstancia de que la norma aún está pendiente de aprobación por el Congreso.

Fuentes de la Agencia confirmaron ayer la información publicada por Cinco Días, según la cual se ha enviado un requerimiento individualizado a los grandes bancos. En él se solicita información de las llamadas cuentas transitorias o de corresponsalía, que son cuentas no remuneradas y, por tanto, no sujetas a retención.

Debido a esta circunstancia, la Agencia Tributaria no tenía hasta ahora información sobre los titulares de estas cuentas y sus movimientos, a diferencia de lo que ocurre con otro tipo de depósitos. El requerimiento de Hacienda fue enviado a mediados de año y daba de plazo hasta el 15 del pasado octubre para que 14 entidades facilitaran la información.

Las entidades afectadas consideraron que no tenían suficiente tiempo para reunir los datos y, con la mediación de la Asociación Española de Banca (AEB), consiguieron un aplazamiento, según confirmó también la patronal bancaria. Fuentes de la Agencia subrayaron que la operación sigue abierta y que en los próximos días se enviarán más requerimientos a otras entidades.

La operación se puso en marcha en junio, cuando el proyecto de Ley del IRPF lo incluyó. Sin embargo, esa ley no está aún aprobada por el Congreso. Fuentes de la Agencia explicaron que la obligación de facilitar datos con trascendencia tributaria ya está prevista en la Ley General Tributaria. Su inclusión en el nuevo IRPF responde, añadieron, a que se han querido aclarar algunas dudas interpretativas.

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