Año de elecciones, año de satisfacciones
Los Presupuestos Generales de la Generalitat para 2003 y el amplio paquete de medidas fiscales previstas en ambos proyectos de ley, que han sido publicados en el boletín oficial del Parlament de Catalunya el 16 de noviembre, constituyen la primera manifestación en el tiempo de las bondades del nuevo sistema de financiación autonómica aprobado por las Cortes Generales en diciembre de 2001.
Por una parte, dicha reforma ha significado un aumento considerable en la capacidad financiera de nuestra institución autonómica, como lo prueba que, con el más estricto cumplimiento del "déficit cero" -incluso se prevé un pequeño excedente-, la cuantía de los presupuestos aumenta el 8,4% en relación con el ejercicio anterior (2002) y asciende a la cifra de 16.298 millones de euros. Al mismo tiempo se prevé un aumento en las inversiones públicas del 26%, en su conjunto consolidado, de la institución autonómica.
Conviene destacar el impulso atribuido a las dotaciones presupuestarias de carácter social. En efecto, la especial atención presupuestaria a las necesidades ciudadanas en cuestiones tales como la vivienda, las pensiones de viudedad y la ayuda directa a todas las familias con hijos menores de tres años así lo atestigua. Estas actuaciones sociales concretas no sólo se extienden a más de 520.000 personas (pensiones y niños pequeños), sino que explican la expansión considerable que registran los recursos puestos a disposición del bienestar y la familia. Las restantes mejoras enunciadas son las propias de los sucesivos presupuestos, y en particular su acento en lo social responde a las exigencias de un presupuesto específicamente diseñado para un año electoral, cuya larguísima campaña ya se ha inaugurado hace varios meses.
Cabe señalar que la importancia trascendental que tiene la aprobación del presupuesto en una democracia parlamentaria ha llevado a ajustar las posiciones políticas entre CiU y el PP, atendiendo a las peticiones anteriores y vía enmienda que ha formulado el PP; en particular en los aspectos sociales (educación, bienestar social y vivienda). Las críticas hasta ahora formuladas por los partidos de la oposición que califican los presupuestos de "poco creíbles", "sometidos al PP" y "pérdida de recaudación por el impuesto mínimo sobre el patrimonio" (?) se instalan en la tradición política, pero no atienden al rigor y la firmeza de una crítica adecuada sobre los aspectos de política económica, presupuestaria y fiscal.
Por otra parte, la Ley 21/2001, de 27 de diciembre, que ampliaba de forma decisiva la capacidad normativa tributaria de las comunidades autónomas de régimen común, ha sido ampliamente utilizada -aunque con dispar fortuna- en la ley de acompañamiento a la de presupuestos. En particular resulta loable el esfuerzo encaminado a incentivar fiscalmente la política de vivienda de la Generalidad: con el realismo de actuar específicamente en ayuda de la adquisición de la vivienda habitual, que es la modalidad consolidada y asumida como la opción mejor en la sociedad española, frente a políticas poco realistas de abaratar los alquileres, muy minoritarias dado el número de destinatarios. En concreto, a favor de jóvenes menores de 32 años, familias numerosas, viudos y parados, con recursos económicos limitados, para quienes se prevé alternativamente una deducción a favor de la vivienda habitual en alquiler, incompatible con la deducción estatal. En particular resulta importante la deducción prevista aplicable al tramo autonómico de la cuota del IRPF.
También se desprende de las modificaciones fiscales previstas una correcta preocupación por los minusválidos, al tiempo que una atención encaminada a obtener mejoras técnicas y de control en la eficiencia de la gestión tributaria, aunque la ampliación indiscriminada de petición de información bancaria en relación con las transmisiones mortis causa resulte exagerada, exageración no predicable de la información trimestral que se exigirá en las subastas de toda laya, publicidad exigible de los distintos departamentos en relación con las tasas que gestiona cada consejería; modestas reducciones en los tipos de gravamen y en las reducciones familiares en el impuesto de sucesiones, no trasladadas al mínimo exento del impuesto sobre el patrimonio, y aumentos importantes en la fiscalidad de las máquinas recreativas B y C y en la cuota gradual aplicable a los documentos notariales (hipotecas). Resulta sorprendente que no se haya previsto una bonificación del 99% de la cuota -en lugar de una del 80% - en las donaciones a los descendientes para ayudarles en la adquisición de la vivienda habitual. Con la modificación prevista, la tributación conjunta resulta un desincentivo. En particular cuando los requisitos exigibles son acertados, aunque la cuantía límite para la donación sea demasiado reducida (habrá que ampliarla en el futuro). Entre las reformas previstas cabe destacar la extensión del ámbito de actuación del Instituto Catalán de Finanzas, al que se faculta para la constitución de una amplia gama de sociedades financieras especializadas, dependientes del ICF, y a participar en fondos de inversión de todo tipo (mobiliarios e inmobiliarios, de garantía y capital riesgo), desarrollos al servicio de cooperar en la financiación empresarial.
Una ulterior consideración: el cuadro macroeconómico que se inserta en los presupuestos de la Generalitat para 2003 tal vez resulte exageradamente optimista en el crecimiento en términos reales previsto para el PIB, en la creación de empleo y en el ritmo de aumento de los precios. En todo caso, en términos cuantitativos el optimismo es menor que el contenido en los presupuestos del Estado, quizá porque su elaboración y las estimaciones entonces efectuadas de la situación económica actual han empeorado considerablemente en los últimos dos os tres meses.
Alejandro Pedrós Abelló es catedrático de Economía Aplicada (Hacienda Pública) de la UB
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