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Bruselas declara ilegal un incentivo fiscal de Vizcaya para atraer grupos corporativos

La Comisión Europea ha invitado a cuatro países miembros a suprimir ventajas fiscales similares

El País

Bruselas prosigue su tarea de desmontaje de los incentivos fiscales a la inversión del País Vasco, a pesar de que estas medidas fueron derogadas tras la paz fiscal firmada en 2000 entre el Gobierno central y las diputaciones forales. La Comisión Europea declaró ayer 'ilegal' una figura que sólo estuvo vigente en Vizcaya desde 1996 hasta el pasado mes de abril, la referida a los llamados centros de coordinación, que mediante una fórmula de tributación ventajosa buscaba atraer la sede de grandes corporaciones. Sin embargo, a diferencia de la figura de las vacaciones fiscales o el crédito fiscal a la inversión, el régimen de los centros de coordinación no se ha aplicado en ningún caso durante su vigencia. En opinión de expertos consultados, la fiscalidad favorable que se ofrecía a los grandes grupos empresariales extranjeros quedaba anulado por la mala imagen internacional de Euskadi debido a la violencia de ETA.

En contraste con sus contundentes pronunciamientos anteriores contra los principales incentivos forales, anulados globalmente en 2001 por ser contrarios a la libre competencia empresarial, la Comisión estima que la Diputación de Vizcaya pudo pensar legítimamente al implantar este régimen fiscal 'que no se trataba de ayudas de estado'. De hecho, se basó en el ya existente en Bélgica, que la propia Comisión Europea autorizó en 1984. Pero tras abrir una investigación sobre los sistemas de Vizcaya y de cuatro países, estima que su aplicación práctica puede generar una 'ayuda de Estado'.

La resolución de la Comisión Europea sobre el régimen fiscal de Vizcaya para los centros de coordinación es mucho más conciliadora en su contenido que las referidas contra los demás incentivos tributarios a la inversión, cuya anulación en junio de 2001 está pendiente de sentencia del Tribunal de Justicia de Luxemburgo, al que recurrieron las instituciones vascas. Bruselas tiene en cuenta el hecho de que la Diputación de Vizcaya se inspirase en el régimen que estableció Bélgica en 1984 con su aval. Por ello, la anulación no va acompañada de la exigencia de recuperación de las ayudas concedidas, si bien en este caso no procede porque la medida no se aplicó. La Diputación vizcaína expresó ayer su satisfacción porque Bruselas reconoce que obró de buena fe al instaurar esta figura.

Los centros de coordinación son entidades pertenecientes a corporaciones y grandes grupos empresariales que prestan servicios bancarios, logísticos y de marketing a las sociedades que los integran. Ante la dificultad de aplicarles el régimen general tributario, pero sobre todo con el fin de incentivar su instalación, son varios los países europeos que han dispuesto un tratamiento fiscal favorable.

La campaña emprendida por el comisario de la Competencia, Mario Monti, contra los regímenes fiscales especiales para empresas, llevó a la Comisión a revisar su criterio anterior y abrir una investigación que afectaba no sólo a la normativa de Vizcaya, sino también a la vigente en Bélgica, Francia, Alemania y Luxemburgo, a cuyos gobiernos ha invitado a suprimirla.

El régimen de Vizcaya, derogado el 30 de abril pasado, establecía un método diferente para al cálculo del impuesto sobre la renta de los centros de coordinación de 'ciertas' sociedades: aquellas que cumpliesen requisitos en materia de capital, volumen de negocios y número de empleados. Los centros de estas sociedades podían calcular su gravamen siguiendo un método denominado 'cost-plus', normalmente utilizado para computar las transacciones comerciales transfronterizas entre empresas de un mismo grupo y para límitar el riesgo de evasión fiscal. A través de esta fórmula, el beneficio imponible de una empresa cualquiera se obtiene aplicando a todos sus gastos (cost), un margen (cost-plus) expresado en un determinado porcentaje.

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La Comisión considera que el sistema no constituye sobre el papel una ayuda de Estado, pero entiende que su aplicación práctica sí puede entrañarla. Bruselas ha detectado que el régimen de Vizcaya excluía 'ciertos gastos financieros' a la hora de calcular la base imponible y aligeraba así la carga fiscal de la sociedad, lo que supone una ventaja incompatible con la normativa comunitaria.

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