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El Constitucional rechaza el recurso de LAB contra el convenio de Volkswagen Navarra

Retribuir desigualmente a trabajadores de distintas categorías profesionales aunque realicen tareas similares no vulnera el principio de igualdad, según una sentencia del Tribunal Constitucional que deniega el amparo reclamado por LAB por la aprobación del convenio de la planta de Volkswagen en Pamplona.

El fallo, del que ha sido ponente el magistrado Fernando Garrido, no considera discriminatoria la regulación salarial inferior introducida en 1998 en la planta navarra para la categoría de especialistas de ingreso, de nueva creación en el convenio de aquel año. La empresa pactó con UGT y CC OO (sindicatos mayoritarios, con el 62,5% de representación social) a cambio 567 nuevos contratos indefinidos y diversas inversiones en la factoría navarra, de más de 5.000 empleados.

Tras varias sentencias denegatorias, LAB apeló al Constitucional. Ahora, el tribunal le deniega el amparo al constatar que 'la retribución en función del tiempo de permanencia en la empresa representa el principio que informa todas las categorías profesionales' en la planta de Volkswagen, categorías a las que se accede 'por el mero transcurso del tiempo' y que, en todos los casos, tienen niveles salariales de ingreso más bajos.

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