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El espionaje español tendrá mayor margen de actuación

El Centro Nacional de Inteligencia, heredero del Cesid, gana nuevas funciones y mayor campo de actuación

Miguel González

El ministro de Defensa, Federico Trillo-Figueroa, aseguró el pasado día 12, tras el Consejo de Ministros que remitió al Consejo de Estado y al Consejo General del Poder Judicial los dos anteproyectos de ley sobre creación y control judicial del CNI, que se había optado por una 'regulación integral, sin dejar cabos sueltos'.

El análisis de los dos textos certifica que es así. Especialmente, el anteproyecto de ley reguladora del CNI, que pone negro sobre blanco las actividades del servicio de espionaje, sin eludir las más delicadas. El artículo 4 de la ley atribuye al CNI la función de 'llevar a cabo la inteligencia de señales' para el cumplimiento de sus cometidos.

Se trata de la llamada exploración del espacio radioeléctrico -de las señales de radar, radio, telefonía o televisión que se transmiten a través de las ondas-, una actividad por la que fue condenado el ex director general del Cesid Emilio Alonso Manglano, el ex coronel Juan Alberto Perote y otros cinco agentes del centro.

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El artículo 2 de la ley dice que el CNI 'se regirá por el principio de sometimiento al ordenamiento jurídico', lo que significa que esta función deberá realizarla de acuerdo con la jurisprudencia sentada por el Tribunal Supremo en dicha sentencia, que prohíbe la interceptación de teléfonos móviles sin autorización judicial.

En su actual redacción, que puede ser modificada por el Gobierno o el Parlamento, no está previsto que el juez especial encargado de autorizar las escuchas del CNI supervise sus actividades sobre 'inteligencia de señales'.

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Éstos son los principales puntos del anteproyecto de ley:

- ¿Qué es el CNI? Es el 'organismo público responsable de facilitar al presidente del Gobierno y al Gobierno de la nación las informaciones, análisis, estudios o propuestas que permitan prevenir y evitar cualquier peligro, amenaza o agresión contra la idependencia o integridad territorial de España, los intereses nacionales y la estabilidad del Estado de Derecho y sus instituciones'. A diferencia del Cesid, el CNI informa no sólo al presidente o al ministro de Defensa, sino al 'Gobierno de la nación'. Además, puede hacerle 'propuestas' y no sólo informarle.

- Principios. El CNI se someterá 'al ordenamiento jurídico', actuará en el marco de las habilitaciones previstas por ley, bajo control parlamentario y judicial, y según 'los principios de eficacia, especialización y coordinación'.

- Funciones. Las funciones del CNI serán mucho más genéricas que las del Cesid. Se encargará de 'obtener, evaluar y difundir la inteligencia necesaria para promover los intereses políticos, económicos, industriales, comerciales y estratégicos de España, pudiendo actuar dentro o fuera del territorio nacional'. Además, deberá 'prevenir, detectar y posibilitar la neutralización de aquellas actividades de servicios extranjeros, grupos o personas que pongan en riesgo, amenacen o atenten contra el ordenamiento constitucional, la soberanía, integridad y seguridad del Estado, la estabilidad de sus instituciones y el bienestar de la población'. Bajo esta definición encajan el contraespionaje y la lucha contra el terrorismo y el involucionismo.

También se encargará de 'coordinar' la acción de los organismos de la Administración que utilicen medios o procedimientos cifrados, de 'informar sobre la adquisición coordinada de material criptológico' y de formar a especialistas en esta materia, así como de velar para que se cumplan las normas sobre protección de información clasificada.

- Secreto. Las actividades del CNI, su organización y estructura, medios y procedimientos, personal, instalaciones, bases y centros de datos, así como informaciones que puedan revelar lo anterior, tendrán la máxima calificación de secreto legalmente prevista. Las personas y entidades ante las que se acredite un agente del CNI deberán guardar secreto sobre su identidad. Las autoridades, incluso judiciales, ante las que comparezcan, 'por motivos relacionados con actividades del servicio, adoptarán las medidas necesarias para asegurar la protección de sus datos personales, identidad y apariencia'.

- Identidades falsas y empresas pantalla. El CNI podrá disponer de 'medios y actividades bajo cobertura', para lo que podrá recabar de las autoridades encargadas de expedir dichos documentos identidades, matrículas y permisos falsos o reservados.

- Licencia de armas. Los agentes del CNI tendrán licencia de armas, pues la mayoría serán civiles. Los miembros del Cesid tenían armas por su condición de militares o guardias civiles, no de agentes secretos. En cambio, no se les reconoce el carácter de 'agentes de la autoridad' y, por tanto, no podrán detener a nadie. Salvo los que se encarguen de la 'protección de personas e instalaciones oficiales del centro'.

Investigación sobre altos cargos

Para asegurarse de la protección de la información clasificada, el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) 'podrá llevar a cabo investigaciones de seguridad sobre personas o entidades' con acceso a documentos secretos y 'recabar de organismos e instituciones públicas la colaboración precisa'.

Esta facultad de investigación incluye a los altos cargos con acreditación de seguridad y en otro tiempo hubiera permitido, por ejemplo, investigar al ex director general de la Guardia Civil Luis Roldán y saber que mentía ya en su biografía oficial.

- Organización. El CNI 'se adscribe orgánicamente' al Ministerio de Defensa, pero gozará de 'autonomía e independencia funcional' en materia económico-presupuestaria y de personal. A la hora de realizar contratos, por ejemplo, 'podrá someterse al derecho privado', una facultad de la que carecía el Cesid. El CNI elaborará su anteproyecto de presupuesto anual, que elevará al ministro de Defensa para que el Gobierno lo remita a las Cortes.

- Director. El director del Centro Nacional de Inteligencia, con rango de secretario de Estado, 'será nombrado por real decreto a propuesta del ministro de Defensa', para un mandato de cinco años. Se apoyará en un secretario general con rango de subsecretario.

- Estatuto. Los agentes del CNI, independientemente de su origen, se regirán por un estatuto único que será aprobado por el Gobierno.Los agentes permanentes o temporales del Cesid se incorporarán al CNI, conservando todos sus derechos profesionales y laborales.

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Sobre la firma

Miguel González
Responsable de la información sobre diplomacia y política de defensa, Casa del Rey y Vox en EL PAÍS. Licenciado en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB) en 1982. Trabajó también en El Noticiero Universal, La Vanguardia y El Periódico de Cataluña. Experto en aprender.

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