El juez obliga de nuevo a la Comunidad de Pescadores de El Palmar a admitir mujeres y amenaza con multas
Nuevo revés judicial para la Comunidad de Pescadores de El Palmar. El titular del juzgado de primera instancia número uno de Valencia notificó ayer a las partes la respuesta a la apelación que el letrado de los pescadores presentó al auto de ejecución que el magistrado dictó el pasado 15 de junio.
La ejecución de la sentencia sigue adelante. El juez no sólo no ha modificado ni una coma del auto de ejecución sino que para rechazar la apelación presentada al mismo por Francesc Davó, abogado defensor de la comunidad, se ha basado incluso en la sentencia condenatoria por la vía penal de 10 meses de prisión a los 12 miembros de la junta directiva para afirmarse aún más en el único sentido que el juez considera que tiene la sentencia.
En el apartado de razonamientos jurídicos, el magistrado empieza por considerar falsa la afirmación hecha por el letrado de la Comunidad de Pescadores de El Palmar en el sentido de que ya ha dado cumplimineto a los pronunciamientos que desde primera instancia hasta el Tribunal Supremo obligan a la admisión de las mujeres que iniciaron el pleito en 1997.
Se desprende, explica el juez, 'sin ningún género de dudas la actitud obstruccionista de los demandados al cumplimiento de lo dispuesto en el fallo de la sentencia, mediante la interposición de numerosos recursos y escritos en los que efectuaba una particular e interesada interpretación de lo dispuesto en dicho fallo'.
Para el magistrado de primera instancia está claro que existe una sentencia con cuya interpretación han sido coincidentes la Audiencia Provincial y el Tribunal Supremo. Y añade que de no haber sido así no se habría abierto una causa por la vía penal contra los miembros de la junta directiva de la sociedad por desobediencia ante los requerimientos de cumplirla.
'Por tanto, lo que se trata de ejecutar es el derecho firme de las demandantes a formar parte de la Comunidad sin que se les tenga que exigir el cumplimiento de requesitos complementarios que pudieran impedir su ingreso. Y en este sentido' -agrega el juez en el auto- 'cabe entender que el acuerdo que pretende hacer valer la comunidad en cuanto a requisitos a exigir para el ingreso en la misam supone un intento de vulnerar el fallo'.
El auto que vuelve a exigir la ejecución de la sentencia indica también que la actitud mantenida por la Comunidad 'es contraria a las reglas de la buena fe, actuación además que viene prolongando en el tiempo, más de dos años, desde que se instó a la ejecución provisional'.
El juez ha acordado que en el plazo de cinco días hábiles, es decir el próximo miércoles in extremis, deben estar incluidas las cinco mujeres demandantes en la Comunidad y que de no ser así la sociedad de pescadores deberá pagar una multa de 100.000 pesetas. El letrado de la cofradía tiene posibilidad de presentar un recurso, que en ningún caso exime de cumplir el contenido del auto.
El próximo lunes se celebrará junta general en la sede de la Comunidad en El Palmar para abordar este tema, en un momento en el que la junta directiva está en funciones y la entrante no tomará posesión hasta pasado el verano.
Además, queda pendiente una respuesta a la oferta díálogo lanzada por los abogados de las mujeres demandantes. Oferta que la Comunidad de Pescadores no entiende firme y que evaluará, en cualquier caso, una vez se haya pronunciado sobre el auto dictado por el juez.
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