Un servicio público RAMON FARRÉ ROURE
El artículo 27 de la Constitución española consagra el derecho de todo el mundo a la educación, la gratuidad de la enseñanza básica, la libertad de creación de centros docentes y la obligación de los poderes públicos de ayudar a aquellos centros que reúnan los requisitos que la ley establece.En concordancia con los principios constitucionales, la Ley Orgánica del Derecho a la Educación (LODE), de 1985, reconoce a los padres o tutores el derecho a la elección de centro docente diferente de los creados por los poderes públicos, al tiempo que establece el régimen de conciertos educativos para el sostenimiento con fondos públicos de los centros privados que se acojan, siguiendo la línea de financiación prevista en la Ley General de Educación de 1970. El sostenimiento con fondos públicos de centros privados tiene, como se puede ver, una larga tradición en nuestro país y es la forma de atender al mencionado derecho a la gratuidad.
La existencia del régimen de concierto no ha sido impedimento para que la Generalitat haya impulsado una política decidida de creación de plazas escolares de titularidad pública: en 1980 el 50,7% de los alumnos de primaria y el 48,6% de los de secundaria se escolarizaban en centros públicos. Veinte años más tarde la proporción ha aumentado 10 puntos. Paralelamente se han incrementado las inversiones y el gasto corriente en centros públicos. También lo ha hecho la partida destinada a conciertos, por tres motivos fundamentales: la educación básica y por tanto concertable se ha ampliado en dos cursos; las plantillas de los centros concertados, previo acuerdo con las organizaciones patronales y sindicales, también lo han hecho para atender los requerimientos del nuevo sistema educativo, y las retribuciones del personal docente han aumentado un 5,5% para avanzar en la analogía retributiva con los de los centros públicos, pregonizada ya en la LODE.
Las realidades sociales y escolares han cambiado sustancialmente desde la aprobación de la LODE. Esto lleva a considerar conveniente favorecer, desde el consenso social, la profundización en el concepto de servicio público y en su gestión y financiamiento, para garantizar que la enseñanza básica se imparta en condiciones de igualdad y gratuidad, con tal de hacer posible que el servicio de la educación, proporcionado por centros públicos y concertados, siga constituyendo un espacio de transmisión de conocimientos, de valores democráticos y de construcción de cohesión social.
Ramon Farré Roure es secretario general del Departamento de Enseñanza.
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