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BROTE INFECCIOSO EN ALCOY

El precedente madrileño

La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid dictó una orden de prevención de la legionelosis en junio de 1998 cuyo contenido es prácticamente idéntico al decreto aprobado ayer por el pleno del Consell. Fuentes de la Generalitat sugirieron que el decreto aprobado ayer es más amplio, pero al margen del rango de la norma, apenas hay diferencias.La orden fue firmada por Rosa Posada, entonces consejera de Sanidad. El preámbulo de la disposición recuerda que la Asociación Española de Normalización y Certificación (Aenor) publicó una norma titulada Climatización: Guía para la prevención de legionella en instalaciones que inspiró y nutrió la orden. La norma de Aenor tiene carácter de orientación y carece de cualquier efecto legal.

Más información
El Consell exige el registro de todos los posibles focos del brote y dicta medidas de saneamiento

Una diferencia esencial en la redacción de la orden de prevención madrileña refiere al registro de instalaciones. Los titulares de aparatos que emitan vapor a la atmósfera en la Comunidad de Madrid deben declarar su existencia directamente a la Dirección General de Salud Pública, mientras que el decreto del Consell exige acudir a los respectivos ayuntamientos.

Al margen de la evidente economía administrativa, la orden de prevención de la legionelosis que rige en la Comunidad de Madrid incluye un anexo que especifica una serie de aspectos técnicos relativos a los procesos de cloración o desinfección del agua utilizada en circuitos de refrigeración, que el decreto del Consell relega a futuros reglamentos.

El último brote de legionella registrado en la Comunidad de Madrid se produjo en septiembre de 1996 en la localidad de Alcalá de Henares. Hubo 16 víctimas aunque fuentes oficiales sólo reconocieron la existencia de 10 casos.

El Ayuntamiento de Alcalá se apresuró a dictar una orden de ámbito municipal que establecía los procedimientos de limpieza de las torres de refrigeración industrial identificadas como origen del brote de legionella.

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Los familiares de las víctimas mortales reconocidas oficialmente reclamaron indemnizaciones a la empresa responsable de las emisiones, que eludió la responsabilidad amparándose en la ausencia de normativa al respecto en el momento en que se produjo el brote más allá de las meras recomendaciones de Aenor.

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