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Condenados ex responsables del IMD de Bilbao por cesión ilegal de trabajadores

El juzgado de lo Penal número 4 de Bilbao ha condenado a cuatro ex responsables del Instituto Municipal de Deportes de Bilbao (IMD) a cuatro meses de arresto mayor y multa de 100.000 pesetas por cesión ilegal de 15 trabajadores a la empresa Guedan S. A. y por delitos contra la seguridad y libertad en el trabajo. Esta es la primera vez que un tribunal del País Vasco reconoce que una empresa pública incurre en un delito de cesión. Los hechos a los que se refiere la sentencia, hecha pública ayer, arrancan con la decisión del Ayuntamiento de Bilbao de adjudicar, en 1987, la gestión de sus servicios deportivos -hasta entonces en manos del IMD- a la empresa Guedan. Esta fue fundada por José Ramón Baliño, ex director del instituto, y el jefe de personal, Franciso Manteca, a los que se unieron como socios Juan Luis López de Guereño, ex monitor del instituto, y José María de Ángel, que estuvo encarcelado por dirigir una red de tráfico de cocaína.La privatización de la gestión supuso el traspaso a Guedan de los empleados de IMD, a los que la empresa pagaba la mitad del sueldo, no disponían de contrato laboral ni cotizaban a la Seguridad Social. Los trabajadores llegaron a cobrar el subsidio de paro después de un despido fingido. En 1991, los monitores fueron obligados a abandonar su puesto de trabajo y, tras ganar el pleito en los juzgados de lo social, recurrieron por la vía penal. La juez del caso ha dictaminado ahora que la empresa adjudicataria se limitó a contratar unos trabajadores con el fin de cederlos al IMD, por lo que el instituto era el auténtico empleador.

La sentencia reconoce que los trabajadores acataron las presiones por miedo al paro

En la sentencia se considera probado que los empleados eran obligados por los acusados a suscribir sus contratos firmándolos "en blanco", así como a aceptar unas condiciones laborales que suponían una patente vulneración de la normativa vigente. Los trabajadores, que vivieron esta situación de 1987 a 1991, la aceptaban, según el fallo, "por el temor serio y fundado a perder sus puestos de trabajo", como finalmente sucedió en 1991, y "en una época en que el paro es un constante azote en nuestra sociedad". En la resolución se destaca la "alta" gravedad de los hechos juzgados, así como el hecho de que los trabajadores vivieron una "situación angustiosa" ante su inestabilidad laboral. Se considera probado que hubo intención de perjudiciar a los trabajadores "mediante el uso de maquinaciones o procedimientos maliciosos", y también fraude y abuso de superioridad. La empresa Guedan carecía en su inicio de estructura propia, incluso de domicilio social, de tal manera que sus empleados desarrollaban su actividad profesional "bajo la total dirección y organización del IMD, que era la que les facilitaba los instrumentos precisos para el desarrollo de su trabajo, incluida la indumentaria, que era igual a la que utilizan los empleados de plantilla de IMD". Guedan se limitaba sólo a la firma del contrato inicial o de los sucesivos, y al abono de los salarios. La Junta Rectora del IMD, según la sentencia, tuvo conocimiento en tres ocasiones de las irregularidades cometidas y recibía mensualmente la documentación relativa a los trabajadores sin que llegara a adoptar medidas.

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