Villalobos cree que la condena a Sanidad cuestiona la existencia de las listas de espera
Aunque la ley lo impide, la ministra asegura que recurrirá la sentencia ante el Supremo
La Audiencia Nacional ha condenado a Sanidad a pagar 21 millones de pesetas por la muerte de un enfermo cardiaco que estaba en lista de espera para ser operado. Para la ministra Celia Villalobos, la sentencia cuestiona la existencia de las propias listas, porque ni siquiera se superó el tiempo máximo de demora (dos meses) establecido por las sociedades científicas en estas patologías. Villalobos anunció que el ministerio recurrirá al Tribunal Supremo. Sin embargo, la Ley de lo Contencioso-administrativo establece como recurribles sólo las sentencias que superen los 25 millones de indemnización.
La sentencia de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, adelantada ayer por EL PAÍS, se refiere al caso de José Sardinero de Diego, que falleció el 16 de abril de 1995, a los 53 años. Sardinero sufría una doble lesión en la válvula aórtica y un cardiólogo del hospital Doce de Octubre, de Madrid, le indicó que debía operarse, por lo que se le incluyó en la lista de espera preferente (más lenta que la urgente y más rápida que la programada). Se le llamó dos meses después para ser operado, cuando hacía siete días que el paciente había fallecido.La ministra de Sanidad, Celia Villalobos, destacó el hecho resaltado por la sentencia de que no hubo error de diagnóstico ni fallo por calificar de preferente la operación, sino la simple responsabilidad de la Administración sanitaria frente a los daños que sufren los pacientes que aguardan una operación.
"Es un contencioso", dijo ayer Villalobos, "que tiene más que ver con la propia existencia de las listas de espera. El plazo para ser operado incluso estaba dentro de los dos meses que establece la medicina basada en la evidencia para este tipo de patologías. Por lo tanto, es un componente nuevo sobre listas de espera".
La ministra, que reconoció no conocer a fondo la sentencia, dado que no era el Insalud la institución personada en el caso, sino los abogados del Estado, añadió, sin embargo: "Lógicamente, vamos a recurrir al Supremo".
La Ley de la Jurisdicción Contencioso-administrativa de 1998 establece, sin embargo, que no son susceptibles de casación ante el Supremo las sentencias "recaídas, cualquiera que fuere la materia, en asuntos cuya cuantía no exceda de 25 millones". Esta misma ley establece una excepción sólo en el caso de que se quiera unificar doctrina por haber, por ejemplo, dos sentencias contradictorias de un mismo caso, lo que no ocurre en este proceso. El Ministerio de Sanidad sólo podría recurrir en interés de ley para establecer doctrina futura, lo que nunca afectaría ni anularía la sentencia de ahora.
"No entiendo cómo la ministra ha anunciado que pondrá un recurso, cuando la nueva ley no lo permite, salvo que se limite al recurso de casación en interés de ley", dice el abogado Gustavo López-Muñoz, que preside la Fundación Pro Pacientes Cristina. Para López-Muñoz, la Audiencia Nacional está haciendo un magnífico trabajo creando un criterio unitario. En lo que sí coincide este abogado con la ministra es en el extremo de que la sentencia ahora dictada cuestiona la existencia de las listas de espera.
En este sentido, el presidente de la Asociación Española de Derecho Sanitario, Ricardo de Lorenzo, destaca que la sentencia no echa la culpa a nadie de la muerte del paciente. "Sólo establece que la causa del daño es el funcionamiento del servicio, al margen de que éste sea normal o anormal. No hay culpabilidad, sino causalidad o responsabilidad de la Administración sanitaria".
"El propio sistema sanitario conlleva listas de espera", explicaba Celia Villalobos. "Incluso se menciona en la Ley de Sanidad. Por eso dudamos que su existencia pueda generar una sentencia de esta naturaleza".
"Es una sentencia realmente innovadora y, si supone poner en cuestión la existencia de las listas, yo no sé si un Sistema Nacional de Salud puede afrontarlo económicamente", dijo ayer José Luis Pomar, presidente de la Sociedad Española de Cirugía Cardiovascular y cirujano del hospital Clínic de Barcelona. "Cuando un enfermo está en lista de espera, aun en un periodo muy corto de tiempo, puede haber empeoramientos imprevisibles".
En estos momentos, tanto el Insalud como algunas administraciones sanitarias autonómicas, como Cataluña, están inmersos en planes de choque para reducir las listas de espera en cirugía cardiaca tras la denuncia hecha por los propios médicos de pacientes fallecidos mientras esperaban a ser operados.
La última reunión se celebró este lunes en Madrid. Los expertos están intentando homologar sus criterios sobre listas de espera en toda España. "En cardiovascular no se puede hablar de un plazo medio determinado", explica Pomar. "Hay operaciones que deben hacerse en 24 horas y otras que pueden esperar seis meses. En eso estamos trabajando. Para finales de este mes creo que tendremos las clasificaciones de los diversos casos para priorizar a los enfermos".
En el territorio del Insalud, la lista de espera de cirugía cardiaca es la más larga de todas las patologías. Aunque el ministerio no aportó datos sobre la marcha del plan de choque iniciado el 13 de junio y anunciado previamente por el presidente del Gobierno, Villalobos dijo ayer que se está intentando afrontar desde dentro del sistema, sin tener que recurrir a los centros concertados.
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