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Condenada una mujer a pagar una pensión a un hijo de 27 años

Una mujer de Avilés (Asturias), divorciada hace 10 años, ha sido condenada a abonar una paga mensual a su hijo, de 27 años, equivalente al 15% de su salario neto en concepto de pensión alimenticia, mientras éste carezca de medios económicos propios, según una sentencia dictada por un juzgado de la ciudad. El fallo obliga al padre del joven "a mantener a su hijo en su propia casa".La mujer, María Dolores R. B., divorciada en 1990 y madre de tres hijos -uno de los cuales, el más pequeño, está bajo su custodia-, asegura que el demandante, su hijo Javier P. R., de 27 años, pretende "aferrarse a un presente fácil" y que "prefiere vivir mantenido a labrarse un futuro".

La mujer, que recurrirá la sentencia ante la Audiencia Provincial, alega que su hijo no le habla desde hace ocho años y que cuando ella le consiguió un trabajo en una empresa metalúrgica, cuyo ofrecimiento le notificó por vía notarial, su hijo lo rechazó alegando que esa propuesta no satisfacía sus aspiraciones profesionales.

Javier P. R. sostiene que sigue estudiando para ampliar su formación de delineante, aunque su madre sospecha que su matriculación en centros docentes no es más que "una excusa para hacer perdurar el derecho a recibir la pensión". La progenitora sostiene que el vástago tiene un "aprovechamiento" docente "nulo" y que a sus 27 años "va siendo hora de que aclare su futuro laboral". Según la mujer, la sentencia judicial es "perjudicial" para el beneficiado porque "premia su deseo de acomodamiento".

La mujer sostiene que el fallo es además "injusto" porque le priva de recursos económicos que le son necesarios para sostener su hogar y atender las necesidades de su hijo menor, en edad universitaria.

"Me siento instrumentalizada por mi propio hijo, querida sólo por lo material y condenada a algo injusto", declaró María Dolores al diario asturiano La Nueva España. "Es muy duro", agregó, "que tu propio hijo te reclame judicialmente que ejerzas como madre, pero luego, cuando intento hablar con él o ayudarle en otros terrenos que no sean el económico, me espeta que yo no soy su madre".

Modificación de la ley

El hijo admite, como asegura su progenitora, que la relación materno-filial dejó de existir a raíz del divorcio del matrimonio, en 1990, pero sostiene que "su madre nunca se ha preocupado" de él, "ni moral ni económicamente".

María Dolores R. B. promoverá la constitución de una asociación de personas que, como ella, hayan sido condenadas a pagar una pensión alimenticia a hijos que sobrepasen una edad "razonable", con el fin de promover un cambio legislativo.

La abogada de la mujer, Montserrat González Rufo, admite que la sentencia judicial se atiene a la normativa en vigor, que reconoce el derecho de los hijos, aun cuando hayan superado la mayoría de edad, a percibir ayuda económica o en especie de sus progenitores para su manutención hasta tanto el perceptor no logre su independencia económica.

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