El PP da cobertura para que las TV autonómicas rebasen sus territorios
Cambios en la Ley de Acompañamiento
Las televisiones y las radios autonómicas tendrán cobertura legal para emitir sus programaciones en regiones colindantes con las de sus propias autonomías. De ello se ha encargado el Grupo Popular del Senado, que ha corregido en ese sentido la vigente Ley del Tercer Canal con una enmienda introducida el jueves pasado en el proyecto de Ley de Acompañamiento a los Presupuestos del Estado para el 2000.
Con la enmienda aprobada se trata de regularizar lo que hasta ahora era una invasión ilegal. Las comunidades autónomas podrán establecer convenios de colaboración para permitir "la emisión de uno o varios programas de su televisión autonómica en el ámbito geográfico de otras". Esto será posible sólo cuando se trate de espacios radioeléctricos vecinos: Canal Sur, por ejemplo, podría emitir para Castilla-La Mancha, Extremadura o Murcia, pero no saltar a Madrid; y la televisión gallega podría extenderse a Asturias o León, por citar otra hipótesis. Para su difusión más allá de los límites comunitarios, las cadenas deberán usar las frecuencias que tengan asignadas por Fomento."Comunidades que tienen menos medios económicos y carecen de canal propio podrán solventar esta situación a través de convenios con otras comunidades", explicó el secretario general de Comunicaciones, José Manuel Villar.
La catalana TV-3 viene difundiendo su programación en amplias zonas de la Comunidad Valenciana, Baleares y Aragón. También estarán dentro del marco legal las transmisiones de Telemadrid en Castilla-La Mancha y Castilla y León, o la recepción de la señal de ETB en Navarra.
El Grupo Popular introdujo también en el Senado la modificación de la Ley de Ordenación de las Telecomunicaciones para que las señales de las emisoras de radio puedan ocupar también el espacio radioeléctrico colindante. Una disposición adicional, propuesta por el mismo grupo, clarifica las desconexiones territoriales de la futura radio digital terrestre y especifica que tales emisiones, una vez autorizadas, "deberán abarcar necesariamente un territorio comprendido en más de una comunidad autónoma". Una cadena podrá difundir una señal para Madrid y Segovia, o para Cataluña y Teruel, por ejemplo.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.
Archivado En
- José Manuel Villar Uribarri
- Leyes Ordinarias
- Declaraciones prensa
- Ley acompañamiento
- Presupuestos Generales Estado
- LOT
- VI Legislatura España
- Congreso Diputados
- Grupos parlamentarios
- Televisión autonómica
- Legislación española
- Finanzas Estado
- Legislaturas políticas
- PP
- Parlamento
- Radio
- Partidos políticos
- Finanzas públicas
- Normativa jurídica
- Gobierno
- Televisión
- Gente
- Legislación
- Administración Estado
- Medios comunicación