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Una juez dejó libre al hombre que mató a su ex novia a pesar de las advertencias del fiscal

El homicida disfrutaba de la libertad provisional tras una condena por asesinato frustrado

Jan Martínez Ahrens

"Hemos tocado fondo. Esto es un fracaso del sistema judicial". Con estas palabras resumió el fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Mariano Fernández Bermejo, la cadena de decisiones judiciales que han conducido, primero, a la puesta en libertad condicional de Luis Patricio Andrés, de 36 años, condenado por un intento frustrado de asesinato, y, segundo, a desoír el pasado 6 de octubre la petición del ministerio público de revocarle ese beneficio penitenciario ante las denuncias por amenazas y coacciones de su ex novia, Mar Herrero Pacheco, de 23. El miércoles pasado, Luis Patricio Andrés, según su propia confesión, mató de dos cuchilladas en el pecho a la mujer tras una larga tortura.

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La muerte de Mar Herrero Pacheco ha provocado un profundo malestar en el seno de la Fiscalía de Madrid, en la Secretaría General de Asuntos Sociales y en la propia policía. Mientras el fiscal jefe pedía ayer una "reflexión urgente" a los jueces para que, en supuestos de maltrato a mujeres, acerquen su interpretación de la ley a las víctimas, la responsable de Asuntos Sociales, Amalia Gómez, insistía en que se enviasen instrucciones "muy contudentes" a la judicatura para regular la concesión de la libertad condicional en casos de violencia doméstica. Asimismo, el delegado del Gobierno en Madrid, Pedro Núñez Morgades, solicitó una revisión de las normas que guían estas decisiones con el objetivo de subsanar el "posible fallo" cometido en el caso de Herrero.Un complejo asunto que hunde sus raíces en 1993, cuando, según fuentes policiales, Luis Patricio Andrés zanjó de cuatro balazos el intento de su entonces compañera sentimental de romper con él. Como consecuencia de aquel ataque, fue condenado en febrero de 1995 por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Madrid a 11 años de cárcel por un intento frustrado de asesinato y otro año por tenencia ilícita de armas. El fallo incluía, según fuentes fiscales, una atenuante por psicopatía.

A los tres años de la sentencia, el 29 de octubre de 1998, el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria concedió a Luis Patricio Andrés el tercer grado (régimen abierto), pese a la oposición de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias. La negativa de este organismo se basaba en la tipología y gravedad del delito cometido, así como en la alarma social que genera la violencia doméstica.

En febrero de 1999, sin embargo, Instituciones Penitenciarias propuso la puesta en libertad condicional del preso al considerar que había cumplido tres cuartas partes de la condena. La petición, siempre según fuentes cercanas al caso, contó con el voto en contra del educador y el psicólogo de la prisión. La Fiscalía de Madrid se sumó a este rechazo, en parte porque consideraba que no había cumplido tres cuartos de la condena (llevaba en prisión desde agosto de 1993), y también porque los informes que manejaba caracterizaban a Luis Patricio como un psicópata narcisista, un hombre que no soportaba la negativa de una mujer.

Pese a esta negativa, el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 1 de Madrid, a cargo de un suplente, decidió el 22 marzo pasado la concesión de la libertad condicional para el reo.

Una vez en la calle, Luis Patricio Andrés conoció a Mar Herrero. Pero la relación acabó pronto en los juzgados. En agosto, según la policía, tras enzarzarse en un enmarañado cruce de denuncias -en las que él aseguraba que la mujer se había llevado las llaves de un coche de su familia, y ella, que él le debía 400.000 pesetas-, Mar se personó ante el juez, devolvió las llaves y declaró que sentía miedo: Luis Patricio Andrés la amenazaba de muerte.

Insultos y amenazas

El Juzgado de Instrucción número 5 de Alcobendas abrió diligencias y tomó declaración a los familiares y amigos de ambos. A esa altura del caso, en el sumario ya aparecían, según fuentes judiciales, los insultos y amenazas que le había dirigido Luis Patricio a Mar por teléfono.Pero el instructor, al advertir que el hombre disfrutaba de libertad condicional, remitió lo investigado al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria. Fue entonces cuando la fiscalía conoció el caso. El 20 de septiembre pasado, el ministerio público, ante las denuncias por amenazas, pidió la revocación de la libertad condicional de Luis Patricio Andrés.

La juez de Vigilancia Penitenciaria citó a los dos implicados y pidió un informe psicológico. Este estudio, siempre según la versión de la Fiscalía de Madrid, concluyó que Luis Patricio no era peligroso y se limitó a recomendar que una vez por semana acudiese al juzgado para entrevistarse con la psicóloga. Entretanto, Mar Herrero aportó a las diligencias un resumen del acoso que sufría.

Así las cosas, el pasado 6 de octubre, la juez denegó la petición fiscal de revocación de libertad condicional. Esta decisión se sustentó, según fuentes del ministerio público, en que -en relación con las amenazas- no había sentencia firme en contra de Luis Patricio y que, por lo tanto, no se podía certificar que hubiese delinquido. Esta última circunstancia constituye uno de los requisitos que impone el artículo 93 del Código Penal para revocar la libertad condicional.

"El periodo de libertad condicional durará todo el tiempo que le falte al sujeto para cumplir su condena. Si en dicho periodo el reo delinquiere o inobservare las reglas de conducta impuestas, el juez de vigilancia penitenciaria revocará la libertad concedida y el penado reingresará en prisión", dice el citado artículo.

Para el fiscal jefe de Madrid, entre los jueces ha cobrado fuerza una interpretación favorable al reo respecto a este artículo. Esta lectura sostiene que, para que se considere que se ha delinquido, se requiere de una sentencia firme.

"No comparto esa opinión en supuestos de violencia doméstica. En el caso de Mar Herrero bastaba con haber valorado el expediente remitido por el Juzgado de Alcobendas. Allí había indicios suficientes de delito, sobre todo en la medida en que no se trataba de un caso de prisión preventiva, sino de retirada de un beneficio penitenciario. ¿Acaso hace falta ahora una sentencia firme para retirarle la libertad condicional a Luis Patricio Andrés?", recordó Fernández Bermejo.

La secretaria general de Asuntos Sociales, Amalia Gómez, se sumó a estas críticas y consideró "lamentables" las circunstancias que han rodeado el caso. En esta línea apuntó a la agencia Efe su discrepancia con la decisión de la juez de vigilancia penitenciaria.

Distinta fue la opinión del portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura, José Luis Requero. "No sé si quien le concedió la libertad pudo ver si el hecho que ha cometido era previsible. Si no era previsible, es hacer futurología, y un juez no puede hacer futurología a la hora de conceder libertades", declaró Requero a Servimedia.

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Sobre la firma

Jan Martínez Ahrens
Director de EL PAÍS-América. Fue director adjunto en Madrid y corresponsal jefe en EE UU y México. En 2017, el Club de Prensa Internacional le dio el premio al mejor corresponsal. Participó en Wikileaks, Los papeles de Guantánamo y Chinaleaks. Ldo. en Filosofía, máster en Periodismo y PDD por el IESE, fue alumno de García Márquez en FNPI.

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