Un fallo judicial anula las "vacaciones fiscales" del País Vasco
El Tribunal de Justicia vasco ha declarado contrario a derecho el precepto que fija para las nuevas empresas una reducción de la base imponible del impuesto de sociedades del 99% en el primer año de beneficios, 75% en el segundo, 50% en el tercero y 25% en el cuarto. Se trata de la última versión de las vacaciones fiscales vascas, un instrumento para incentivar nuevas inversiones productivas cuya aplicación ha sido discutida por el Gobierno central y las comunidades limítrofes con el País Vasco desde que comenzó a ser utilizada, a finales de los ochenta, por las diputaciones forales basadas en el Concierto Económico. La sentencia del Tribunal Superior, fallada el pasado 30 de septiembre y difundida ayer, estima únicamente este punto del recurso contencioso-administrativo presentado por la Federación de Empresarios de La Rioja, que se extendía al conjunto del impuesto de sociedades del País Vasco. El fallo judicial señala que la "desproporción y desajuste [jurídico]" de estos incentivos se basa no tanto en que puedan desplazar inversiones de otros lugares, sino en el empleo de un instrumento de carácter excepcional para aplicar ventajas de índole general en detrimento de la competencia. Los incentivos fiscales vascos están sometidos también a investigación por Bruselas y tienen abierta una causa en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
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