Osakidetza y un cirujano, condenados por olvidar un catéter en el vientre de un niño
Una sentencia de la Audiencia de Bilbao ha condenado por negligencia al jefe del Servicio de Neurocirugía del Hospital de Cruces y a Osakidetza al pago solidario de 1.822.000 pesetas a los padres de un niño de 15 meses, por haberse olvidado, en el transcurso de una intervención quirúrgica, de extraerle un catéter de la zona abdominal cuando tenía un año. El menor tuvo el catéter en su abdomen 113 días y debió ser sometido a una segunda operación para extraérselo. La sentencia es firme y contra ella no cabe presentar recurso. El pequeño falleció posteriormente, el 30 de marzo de 1996, cuando tenía dos años en el Hospital de Basurto, como consecuencia de una neumonía respiratoria secundaria provocada por un vómito alimenticio, pero la Audiencia descarta que ellos tenga nada que ver con la negligencia anterior. La Audiencia declara en su resolución, ante el recurso presentado por las partes contra el fallo en primera instancia, que existió por parte del médico una "indebida aplicación" profesional tanto si, como dicen las partes condenadas, dejaron en el interior del abdomen del menor un trozo de catéter o un catéter entero. Pese a que el catéter no le causó ningún daño al niño, la Audiencia dice que el menor padeció una larga operación, motivo suficiente para que se indemnice. Insiste el tribunal, de acuerdo con un dictamen médico que describe, pormenorizados, los trastornos del pequeño para defecar con el catéter en su interior, que "el estado del niño durante los 113 días que llevó ese objeto en su organismo no debió ser el mismo que si no lo hubiese llevado" y tampoco el estado de sus padres, teniendo que soportar otra intervención para la extracción del instrumental.
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