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Los ministerios de Fomento y Justicia pactan la ley que reconocerá la firma electrónica en España

Los Ministerios de Fomento y Justicia han pactado el texto de la ley que reconocerá en España la firma electrónica de tal manera que ésta tendrá el mismo valor jurídico que la firma manuscrita. El texto ha sido enviado al Consejo Asesor de Telecomunicaciones, que lo estudiará el miércoles, y, si nada se tuerce, el próximo mes de junio la ley será enviada a las Cortes para su aprobación durante esta legislatura.La regulación de la firma electrónica tiene mucha importancia ante el previsible crecimiento del comercio a través de Internet y de cara a que el ciudadano pueda mantener una relación con las administraciones sin peregrinar por ventanillas. Ello requiere una firma electrónica que no deje dudas sobre la identidad del firmante y regular qué tipo de intermediario certifica la veracidad de la firma.

El sistema de firma adoptado ha de permitir, por ejemplo, conocer la fecha y hora en que el documento se emite, dato muy importante de cara a la relación del ciudadano con la Administración -no enviar, por ejemplo, la declaración de la renta fuera de plazo- y en los contratos civiles.

La Unión Europea ya tomó el pasado mes de abril un acuerdo sobre los criterios comunes para regular la firma electrónica. La prestación de servicios de certificación no está sujeta a autorización administrativa previa, pero quienes actúen en España otorgando firmas electrónicas avanzadas deberán estar registrados en el Ministerio de Justicia y cumplir un mínimo de requisitos como, por ejemplo, disponer de los recursos económicos suficientes para afrontar futuras responsabilidades por daños y perjuicios. De entrada, se fija una cantidad igual al 4% del techo de los importes de las transacciones que puede garantizar.

La intención de la ley, además de regular la firma electrónica, es generar confianza en el comercio digital. Todavía ahora muchas personas creen más peligroso dar los datos de la tarjeta de crédito en Internet que pagar con ella en cualquier restaurante.La citada ley autoriza a la Administración el acceso a las instalaciones del prestador y "la consulta de cualquier documentación relevante".

Este concepto, según explicó a este diario José Manuel Villar, secretario general de Comunicaciones, se refiere exclusivamente a los datos del proveedor de certificados, "nunca al contenido de los documentos que están protegidos por la ley" y que sólo serían accesibles previa orden judicial.

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